| Pódcast | Noticias LA LEY te ofrece sus podcast, actualizados a diario, para que puedas estar puntualmente informado de la actualidad jurídica Todos los días podrás escuchar los contenidos que hemos preparado con las noticias más destacadas. | Nota de la Redacción | | Hoy en nuestra portada LA LEY Unión Europea nº 129, octubre 2024 Concluido octubre, en este último día del mes, cedemos el espacio del Diario al Especial de la Unión Europea, del que les ofrecemos una selección de lo más importante publicado en la revista mensual. En este número destacamos un trabajo seobre la diligencia debida de las empresas en materia de derechos humanos y medio ambiente. Esperamos que disfruten de su lectura. | | Opinión | Tribuna | | ¿Menos pero mejor Europa? Antonio-Carlos Pereira Menaut Cofundador de la Asociación Gallega de Estudios Europeos (1990) Han pasado ya las últimas elecciones europeas y las aguas se van serenando. Ursula von der Leyen continúa al frente de la Comisión. Los populistas crecen mucho pero han sido bloqueados por los «centristas», con lo que la sensación dominante es de continuidad no exenta de problemas. Draghi lanza una propuesta importante pero que no arreglaría lo que nos preocupa aquí; habla como un tecnócrata, pues lo es. A corto plazo no parece que se vaya a coger el toro de los problemas de la Unión Europea por los cuernos. Comienza el curso y éste puede ser un buen momento para intentar un juicio de conjunto. | | Regulación | | La diligencia debida de las empresas y grupos de sociedades en materia de derechos humanos y medio ambiente: la Directiva (UE) 2024/1760, de 13 de junio José Luis Monereo Pérez Catedrático y Director del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada Pompeyo Gabriel Ortega Lozano Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada Decidida apuesta de la Unión Europea con la reciente Directiva sobre diligencia debida para que todas las empresas respeten los Derechos humanos, que son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. Por ello, se adopta la decisión de que las empresas que operan en el mercado interior contribuyan al desarrollo sostenible y a la transición hacia la sostenibilidad de las economías y las sociedades mediante la detección y, cuando sea necesario, priorización, prevención, mitigación, eliminación, minimización y reparación de los efectos adversos reales o potenciales para los Derechos humanos y el medio ambiente relacionados con las propias operaciones de las empresas, pero también de las operaciones de sus filiales y sus socios comerciales en las cadenas de actividades de las empresas, lo que queda establecido en la Directiva (UE) 2024/1760 que analizamos. | | Acciones de la Unión Europea | | La inteligencia artificial en los mercados financieros beneficios y riesgos Alberto J. Tapia Hermida Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid Este estudio ofrece una visión integrada de las referencias a los mercados financieros que hace la Ley Europea de Inteligencia Artificial (LEIA) (Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024) con dos documentos publicados con anterioridad por instituciones y autoridades de la UE (Consulta pública de la Comisión Europea sobre la utilización de inteligencia artificial en el sector financiero y Declaración pública de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) sobre el uso de la Inteligencia Artificial (IA) en la prestación de servicios de inversión minorista) sobre los beneficios que produce la IA en los mercados financieros y los riesgos que genera. | | | La Unión Europea «apuesta» por el hidrógeno renovable Lorenzo Mellado Ruiz Catedrático de Derecho Administrativo El hidrógeno renovable aspira a convertirse en vector clave del proceso de transición energética sostenible en Europa. Para su promoción se ha constituido el Banco Europeo del Hidrógeno. En su seno, se acaba de celebrar la primera subasta de hidrógeno renovable. Se trata de un mecanismo de financiación competitiva para la producción de hidrógeno efectivamente renovable. Las ayudas se han concedido a las ofertas más eficientes, tras un proceso de calificación, y quedan subordinadas a la efectiva producción del hidrógeno renovable. A finales de 2024 se realizará la segunda subasta, donde se pretende perfilar mejor los criterios de admisibilidad y completar los requisitos de valoración en régimen de competencia. | | La política de la Unión Europea sobre sostenibilidad de las empresas: de la responsabilidad social a la información ambiental y la diligencia debida Dionisio Fernandez de Gatta Sánchez Profesor Titular de Derecho Administrativo (acreditado como Catedrático) La protección del medio ambiente y los avances en sostenibilidad se consideran desde hace tiempo como funciones públicas. Sin embargo, al menos en la Unión Europea y sus Estados Miembros el papel del sector privado y de las empresas es imprescindible, dado el empleo que generan, las inversiones y gastos financieros que llevan cabo, etc., y además inciden en el medio ambiente, tanto positiva como negativamente, y sobre ellas incide el mismo, también con efectos positivos y negativos. Las empresas han evolucionado en concienciación medioambiental al mismo ritmo que las sociedades, asumiendo su respeto y realizando acciones positivas sobre el mismo y en favor del desarrollo sostenible, plasmándose dicha filosofía en la responsabilidad social de las empresas, hasta llegar a la actual sostenibilidad de las empresas; proceso y evolución que se ha producido en la Unión Europea, principalmente en el marco de su Política Ambiental. El trabajo analiza esta evolución de la política europea, con especial referencia a los documentos estratégicos actuales en esta materia, y dos de los grupos normativos más destacables: la información sobre sostenibilidad y la diligencia debida, que suponen un nivel de intervencionismo público en el sector privado muy importante, y no exento de problemas. | La Política Común de Transportes, a la luz de los Tratados UE Fernando José Cascales Moreno Asesoría Jurídica y Empresarial del Transporte La presente colaboración retoma el estudio del mismo autor que, en formato muy resumido, bajo el título «La política común de transportes, una regulación obsoleta y defectuosa en los Tratados de la UE, que debe de actualizarse», ha sido premiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, en la edición de 2023 de los Premios a la Innovación Jurídica de Secciones (Sección Marítimo y Transportes). Se examina el contenido, a nivel de los Tratados UE, de la «política común de transportes», con detenimiento en sus sucesivas modificaciones, proponiéndose reformas que adecuen la materia a la realidad actual. | Sentencias Seleccionadas | | La saga dieselgate: nuevos actores, mismos problemas Vésela Andreeva Andreeva Profesora Lectora de Derecho Internacional Privado El asunto C-81/23 es un caso más de la larga lista de marcas y modelos de vehículo por los que el usuario final se ha visto obligado a pagar un precio injustificadamente más alto del valor real. Después del escándalo conocido como Dieselgate del 2015 ante el TJUE se ha planteado un nuevo caso con las mismas características, pero con diferentes actores. El Tribunal de Luxemburgo de nuevo ha tenido como tarea la interpretación del art. 7.2º Reglamento 1215/2012 en relación con la compraventa y puesta en circulación de un vehículo cuyo motor ha sido manipulado en origen por el propio fabricante en contra de lo previsto en el art. 5.2º Reglamento 715/2007. La dificultad a la hora de determinar el lugar de materialización del daño viene provocada por la presencia en distintos Estados miembros de aquellos elementos clave que sirven para determinar la competencia judicial internacional a los efectos del art. 7.2º Reglamento 1215/2012 y que actúen como vínculo entre el fórum y el litis. | | | Confidencialidad de las comunicaciones y obligación de motivación judicial en la Unión Europea: la vuelta a la normalidad en la saga HYA Ana Gascón Marcén Profesora Permanente Laboral(1) El Tribunal de Justicia de la UE ha respondido en su sentencia HYA y otros II a una cuestión prejudicial búlgara que la Directiva de privacidad electrónica, a la luz de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a disposiciones de Derecho nacional que exigen que una resolución judicial por la que se autorice la escucha, la interceptación y el almacenamiento de comunicaciones sin el consentimiento de los usuarios interesados incluya ella misma una motivación explícita por escrito, con independencia de que exista una solicitud motivada de las autoridades penales. Esta respuesta obvia debe ponerse en relación con otra respuesta que podría considerarse menos garantista a otra cuestión prejudicial adoptada previamente en HYA y otros I; y supone un paso hacia la convergencia con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la relevancia que le da a la motivación judicial de la autorización de interceptación y acceso a comunicaciones. | | Público nuevo, viejos problemas: Reflexiones en torno al concepto de comunicación al público Julián López Richart Profesor titular de Derecho civil El derecho de comunicación al público ocupa un lugar destacado en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Buena cuenta de ello son las más de treinta resoluciones dictadas desde la adopción de la Directiva 29/2001/CE, que deberían haber servido para delimitar la noción de comunicación al público. Sin embargo, la necesidad de adaptación del derecho de comunicación al público a las diferentes formas de explotación de la obra, tanto en el entorno en línea como fuera de línea, y el hecho de que el Tribunal de Justicia haya actuado en muchas ocasiones más preocupado por el resultado final de su decisión que por la consistencia de su propia doctrina, ha dado lugar a una jurisprudencia caracterizada por grandes dosis de imprevisibilidad. El último ejemplo lo encontramos en la sentencia de 20 de junio de 2024 en la que el Tribunal se enfrenta a la cuestión de si el arrendador que alquila apartamentos equipados con un aparato de televisión y una antena de interior que permite captar las emisiones radiodifundidas realiza un acto de comunicación al público y requiere, por tanto, de la autorización de los titulares de derechos. | El robo de datos personales, por sí mismo, no da lugar a indemnización José María Martín Faba Profesor Ayudante Doctor de Derecho civil En la actualidad, es común que las empresas responsables del tratamiento de datos personales, a pesar de las medidas de seguridad que implementan, sufran ciberataques y que los datos personales que tratan sean robados por ciberdelincuentes. La STJ 3ª 20 junio 2024, ass. C-182/22 y C-189/22, objeto del presente comentario, conoce de un caso en que el responsable del tratamiento fue víctima de un ciberataque, de manera que ciertos datos personales de los interesados fueron robados por ciberdelincuentes desconocidos. Así, sobre la base del art. 82 RGPD, los interesados solicitaron una indemnización por los daños inmateriales sufridos a causa del robo de sus datos personales. Con todo, el TJUE considera que el robo de tales datos personales, por sí mismo, no da derecho a indemnización de los daños inmateriales, sin perjuicio de que los interesados puedan acreditar que dicho robo les ha ocasionado daños inmateriales reales y fundados. | Cronología de decisiones | | Retirada del permiso de residencia, sobre la base de información clasificada, a un nacional de un país tercero que tiene a su cargo a un menor La retirada del permiso de residencia, sobre la base de información clasificada, a un nacional de un país tercero que tiene a su cargo a un menor ciudadano de la Unión, debe poder ser objeto de vías de recurso efectivas. | | | El Estado miembro en el que se realiza el trabajo puede imponer la obligación a los trabajadores ucranianos desplazados de obtener un permiso de residencia El Derecho de la Unión no se opone a una normativa de un Estado miembro en virtud de la cual, en primer lugar, la validez del permiso de residencia que puede concederse a un trabajador nacional de un tercer país desplazado a ese Estado miembro no puede, en ningún caso, exceder de una duración determinada por la normativa nacional controvertida, que puede ser, por tanto, inferior a la necesaria para realizar la prestación para la que dicho trabajador ha sido desplazado, en segundo lugar, el período de validez de ese permiso de residencia se limita al período de validez del permiso de trabajo y de residencia del que dispone el interesado en el Estado miembro en el que está establecida la empresa prestadora de servicios y, en tercer lugar, la expedición del referido permiso de residencia requiere el pago de tasas por una cuantía superior a la de las tasas adeudadas por la expedición de un certificado de residencia legal a un ciudadano de la Unión, siempre que, para empezar, el período inicial de validez del permiso no sea manifiestamente demasiado corto para responder a las necesidades de la mayoría de los prestadores de servicios, a continuación, sea posible obtener la renovación del permiso de residencia sin tener que cumplimentar formalidades excesivas y, por último, el mencionado importe corresponda aproximadamente al coste administrativo que genera la tramitación de una solicitud de obtención de un permiso de ese tipo. | | | El Tribunal de Justicia anula la sentencia del Tribunal General y las decisiones por las que la Comisión estimó las solicitudes de las autoridades La Comisión no está autorizada a promover o aceptar que se le remitan proyectos de concentración sin dimensión europea por parte de autoridades nacionales de defensa de la competencia cuando estas no sean competentes para examinar dichos proyectos en virtud de su propia legislación nacional | | | El Tribunal de Justicia confirma la multa de 2,4 mil millones de euros impuesta a Google por haber abusado de su posición dominante al haber favorecido su propio servicio de comparación de productos El Tribunal de Justicia desestima el recurso de casación y confirma así la sentencia del Tribunal General, recordando que el Derecho de la Unión (art. 102 TFUE) no prohíbe la existencia en sí misma de una posición dominante, sino únicamente su explotación abusiva. En particular, están prohibidos los comportamientos de empresas en posición dominante que restringen la competencia basada en los méritos y que, de este modo, pueden causar un perjuicio a las empresas individuales y a los consumidores. Entre estos comportamientos se incluyen aquellos que impiden, por medios distintos de los que rigen una competencia basada en los méritos, el mantenimiento o el desarrollo de la competencia en un mercado en el que el grado de competencia ya está debilitado, en razón precisamente de la presencia de una o varias empresas en posición dominante. | | | Prohibición de prestar, directa o indirectamente, servicios de asesoramiento jurídico al Gobierno de Rusia o a personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Rusia: Autenticación y ejecución por un notario de un contrato de compraventa de un bien inmueble Un notario no infringe las sanciones impuestas a Rusia cuando autentica la compraventa de un inmueble propiedad de una sociedad rusa no incluida en la lista. Cuando realiza la autenticación, el notario no presta un servicio de asesoramiento jurídico, sino que actúa de manera independiente e imparcial en el marco de una función que le ha sido encomendada por el Estado | | | El Tribunal de Justicia desestima definitivamente el recurso de los Sres. Puigdemont y Comín contra la negativa del presidente del Parlamento Europeo a reconocerles la condición de diputados europeos El Tribunal de Justicia desestima definitivamente el recurso de los Sres. Puigdemont y Comín contra la negativa del presidente del Parlamento Europeo a reconocerles la condición de diputados europeos en junio de 2019. No cabe interponer recurso de anulación contra la falta de ejercicio, por parte del presidente del Parlamento Europeo, de su facultad discrecional de tomar con carácter de urgencia una iniciativa para confirmar los privilegios e inmunidades de los Sres. Puigdemont y Comín, que está sujeta a un procedimiento distinto de la solicitud de amparo de los privilegios e inmunidades que los propios diputados pueden presentar. | | Actualidad UE | | Entran el vigor importantes modificaciones de las normas de procedimiento del Tribunal de Justicia y del Tribunal General (1 septiembre 2024) Las nuevas normas aplican las modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y modernizan los procedimientos ante los dos órganos jurisdiccionales. | | | La Comisión Europea publica los resultados de la evaluación del marco de aplicación de la normativa antimonopolio de la Unión Europea (5 septiembre 2024) La Comisión Europea ha publicado el 5 de septiembre de 2024 un Documento de Trabajo de los Servicios de la Comisión («SWD») que resume los resultados de la evaluación de los Reglamentos de la UE que establecen los procedimientos para la aplicación de las normas de competencia de la UE (Reglamento 1/2003 y Reglamento 773/2004, conjuntamente los «Reglamentos»). Los Reglamentos establecen el marco procedimental para la aplicación de las normas de competencia de la UE establecidas en los arts. 101 y 102 TFUE. Han desempeñado un papel crucial en la aplicación de las normas antimonopolio de la UE desde su entrada en vigor hace 20 años. | | | Cuestión prejudicial planteada a la Audiencia Nacional al TJUE por la Ley de Amnistía en la causa de terrorismo de los CDR por ser contraria al Derecho comunitario y garantizar la impunidad (6 septiembre 2024) La Audiencia Nacional ha planteado el 5 de septiembre de 2024 una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión europea para que se pronuncie sobre si la aplicación de la Ley de Amnistía en el caso de terrorismo atribuido a varios miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) en el marco del proceso independentista de Cataluña contraviene, tal y como ellos entienden, el Derecho comunitario y garantiza la impunidad de los delitos. | | | Mario Draghi expuso sus propuestas para impulsar la competitividad en Europa (10 septiembre 2024) Mario Draghi detalló a los eurodiputados el 10 de septiembre de 2024 sus propuestas para relanzar la competitividad en la Unión Europea. El Debate tendrá lugar el 17 de septiembre. | | | Informe sobre el estado de la Unión de la Energía de 2024 (11 septiembre 2024) La Comisión ha publicado el 11 de septiembre de 2024 el Informe sobre el estado de la Unión de la Energía de 2024, en el que se describe cómo la UE ha gestionado retos sin precedentes en el ámbito de la política energética durante el mandato de esta Comisión, dotando a la UE de un marco regulador para llevar a cabo la transición hacia una energía limpia y sentando las bases para un crecimiento económico y una competitividad renovados. El informe se publica cada año para hacer balance de los avances de la UE a la hora de alcanzar los objetivos de la Unión de la Energía. | | | Declaración conjunta sobre los avances en el Acuerdo Unión Europea-Reino Unido en relación con Gibraltar (19 septiembre 2024) El vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, Maros Sefcovic, el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, José Manuel Albares, y el ministro de Asuntos Exteriores del Reino Unido, David Lammy, junto con el ministro principal de Gibraltar, Fabian Picardo, se reunieron en Bruselas el 19 de septiembre de 2024. | | | La aplicación informática, denominada «e-Curia» y común a los órganos jurisdiccionales que componen el TJUE, permitirá presentar y notificar escritos procesales por vía electrónica (20 septiembre 2024) El DO L 2024/2490, 20.9.2024 publica la Decisión del Tribunal de Justicia, de 4 de septiembre de 2024, sobre la presentación y notificación de escritos procesales a través de la aplicación e-Curia. Esta aplicación, actualmente basada en un mecanismo de autentificación electrónica que combina el empleo de un nombre de usuario y de una contraseña personalizados, satisface las exigencias de autenticidad, de integridad y de confidencialidad de los documentos transmitidos. | | | El Consejo de la Unión Europea adopta su mandato de negociación sobre un paquete de medidas para adaptar el marco de resolución alternativa de litigios (ADR) a los retos del mundo digital (25 septiembre 2025) El Consejo ha adoptado el 25 de septiembre de 2024 su mandato de negociación sobre un paquete de medidas para adaptar el marco de resolución alternativa de litigios (ADR) a los retos del mundo digital. Muchos consumidores que se enfrentan a un desacuerdo con una empresa se niegan a litigar debido a las pequeñas sumas en juego, los largos plazos de los procedimientos o la falta de confianza en la posibilidad de alcanzar una solución satisfactoria. Los mecanismos ADR permiten a los consumidores resolver sus conflictos con las empresas antes de acudir a los tribunales. | | Ciberderecho | | Los datos de dopaje de los deportistas son datos relativos a la salud sujetos a la protección reforzada de la normativa de protección de datos Las infracciones en materia de tratamiento, cesión y comunicación de esta información constituyen una falta muy grave. | | Legal Management | | El hecho de que el correo de la procuradora comunicando la sentencia no entrase en el buzón del abogado no le exime de responsabilidad por no recurrirla Entre los deberes que han de entenderse incluidos en el ejercicio de la actividad de la Abogacía está el de servirse de los medios técnicos de comunicación que aseguren la recepción de las notificaciones de las resoluciones que se dicten en un procedimiento de una manera correcta y efectiva, para, en su caso, actuar procesalmente en consecuencia. | | |