lunes, 30 de enero de 2017

Especial Diario LA LEY Unión Europea nº 44, enero 2017

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LA LEY Wolters Kluwer

31 de enero de 2017

Diario La Ley

NOTA DE LA REDACCIÓN

Especial Diario LA LEY Unión Europea nº 44, enero 2017

Acaba de comenzar 2017, y este es el primer número del especial Diario LA LEY Unión Europa, el número 44 del mes de enero. De entre sus contenidos destacamos, como no, la tribuna dedicada a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que nos afecta directamente: la retroactividad de los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo. Muy interesante también es la doctrina dedicada a la regulación del acogimiento transfronterizo de menores introducido en la Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental.

TRIBUNA

Retroactividad de la nulidad de la cláusula suelo: A propósito de la STJUE de 21 de diciembre de 2016 (Gutiérrez Naranjo)

Ricardo PAZOS CASTRO.

Facultad de Derecho. Universidad de Santiago de Compostela. ricardo.pazos@usc.es

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que se opone a la Directiva de cláusulas abusivas una jurisprudencia nacional que limita temporalmente los efectos restitutorios derivados de la declaración del carácter abusivo de una cláusula. Todas las cantidades pagadas como consecuencia de la aplicación de esa cláusula deben ser reembolsadas, no sólo aquellas abonadas después de dictarse la sentencia que declaró dicho carácter abusivo.

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DOCTRINA

Estrategias y prioridades de la polivalente gestión de la Unión Aduanera, ante su cincuenta aniversario

José Carlos FERNÁNDEZ ROZAS.

Catedrático de Derecho internacional privado y Director del Magister de Derecho de los negocios internacionales de la Universidad Complutense de Madrid (*)

La Comisión Europea ha adoptado el 21 de diciembre de 2016 una comunicación que incluye un plan a largo plazo para dar un nuevo impulso a la gestión de la Unión Aduanera, un pilar fundamental de la Unión Europea que apoya y protege el mercado único. El papel de las autoridades aduaneras para garantizar la seguridad y protección en la UE es cada vez mayor. Un sistema sólido y bien gestionado contribuye a proteger a la población contra el terrorismo, y las amenazas al medio ambiente y la salud, al tiempo que fomenta y desarrolla empresas competitivas. La Comunicación presenta una visión estratégica de la Unión Aduanera en torno a una mayor cooperación entre las autoridades nacionales a fin de afrontar los desafíos de este siglo. Con la modernización de la legislación aduanera de la UE la Comisión ha podido fomentar la agilización del comercio, con la consiguiente reducción de los controles aduaneros previos al levante, que deberían compensare con un enfoque común y basado en criterios de riesgo para reforzar los controles aduaneros, en particular los efectuados a posteriori. En el presente trabajo se valora la estrategia propuesta.

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El acogimiento transfronterizo en la propuesta de refundición del Reglamento Bruselas II bis(*)

Mónica HERRANZ BALLESTEROS.

Profesora de Derecho Internacional Privado de la UNED

En este trabajo se efectúa un primer análisis de la regulación del acogimiento transfronterizo de menores introducido en la Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores (refundición) elaborada por la Comisión. Se abordan, por tanto, los principales cambios y novedades con el propósito de valorar si estos responden a la abundante práctica de los acogimientos transfronterizos de menores entre los Estados miembros.

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SENTENCIAS SELECCIONADAS

Competencia judicial internacional en procedimiento de nulidad matrimonial iniciado por un tercero tras el fallecimiento de uno de los cónyuges (STJUE de 13 de octubre de 2016, Asunto C- 294/15: Edyta Mikolajczyk c. Marie Louise Czarnecka y Stefan Czarnecki)

Rocío CARO GÁNDARA.

Profesora titular de Derecho Internacional Privado. Universidad de Málaga

En primer lugar, la STJUE de 13 de octubre de 2016, asunto C-294/15, Mikolajzcyk resulta de interés porque es la primera vez que el TJUE resuelve una cuestión prejudicial sobre la inclusión en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) 2201/2003 de un litigio en materia de nulidad matrimonial interpuesto por un tercero tras el fallecimiento de uno de los cónyuges. Pero, en segundo lugar y, principalmente, resulta muy oportuna porque nos permite revisar los polémicos foros de competencia en materia matrimonial con motivo de la reciente Propuesta de refundición del Reglamento Bruselas II bis presentada por la Comisión Europea el 30 de junio de 2016.

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Derechos reales sobre bienes del deudor derivados de gravámenes tributarios en los procedimientos de insolvencia europeos (STJUE de 26 de octubre de 2016, asunto C-195/15: SCI Senior Home contra el Ayuntamiento de Wedemark)

José David ORTEGA RUEDA.

Doctor en Derecho de la Unión Europea

El artículo 5 del Reglamento 1346/2000 dispone que los derechos reales de terceros no se verán afectados por el procedimiento de insolvencia cuando los bienes sobre los que éstos recaigan se encuentren en un Estado distinto al de apertura. En la presente Sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre los límites en la interpretación de este precepto, concretamente en lo que se refiere a los gravámenes reales de naturaleza tributaria, indicándonos cuando se dan las condiciones para excluir un bien de la masa activa del concurso.

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Protección de la ciudadanía europea frente al procedimiento de extradición (STJUE de 6 de septiembre de 2016, asunto C-182/15: Petruhhin)

Eva GIMBERNAT DÍAZ.

Doctoranda, Facultad de Derecho, Universidad Complutense de Madrid. Abogada

Este trabajo analiza la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 6 de septiembre de 2016 (C-182/15). Se examina la posibilidad de que el Estado miembro de la Unión Europea que recibe una solicitud de extradición de un tercer Estado, respecto de un ciudadano nacional de un segundo Estado miembro, pueda, en virtud del derecho a la libre circulación y residencia en territorio de la Unión Europea, otorgar preferencia para instar su entrega al Estado miembro del que el reclamado es nacional, previa emisión de la correspondiente OEDE, y siempre que este segundo Estado miembro del que es nacional la persona reclamada, tenga competencia jurisdiccional para enjuiciarle. Se aborda, asimismo, la cuestión relativa a la verificación, por parte del Estado miembro receptor de la petición de entrega extradicional, de que la ejecución de la misma no conllevará riesgos para el reclamado de ser sometido a tortura u otros tratos inhumanos o degradantes, o a ser condenado a la pena capital en el tercer Estado requirente.

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La interpretación de la expresión «estructura molecular primaria nueva» del Reglamento (CE) nº. 258/97, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes

Luis GONZÁLEZ VAQUÉ.

Ex consejero de la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que el artículo 1, apartado 2, letra c), del Reglamento (CE) n.º 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.º 596/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, debe interpretarse en el sentido de que la expresión «estructura molecular primaria nueva» se refiere a los alimentos o a los ingredientes alimentarios que no han sido objeto de consumo humano en el territorio de la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997.

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JURISPRUDENCIA

Competencia de los órganos jurisdiccionales en procedimiento de nulidad matrimonial iniciado por un tercero después del fallecimiento de uno de los cónyuges

El Derecho de la Unión se aplica a los procedimientos de nulidad matrimonial iniciados por terceros con posterioridad al fallecimiento de uno de los cónyuges Sin embargo, la persona distinta a los cónyuges que inicie tal procedimiento sólo podrá basarse en algunos de los criterios de competencia establecidos en dicho Derecho

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Insolvencia: Gravamen público sobre la propiedad inmobiliaria que garantiza la recaudación del impuesto sobre bienes inmuebles

El art. 5 del Reglamento (CE) n.o 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, debe interpretarse en el sentido de que constituye un «derecho real», a los efectos de este artículo, una garantía constituida en virtud de una disposición de Derecho nacional conforme a la cual el inmueble del deudor de cuotas del impuesto sobre bienes inmuebles está sujeto de pleno derecho a un gravamen público sobre la propiedad inmobiliaria y el propietario debe soportar la ejecución forzosa sobre ese inmueble del título que declara el crédito fiscal.

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Un Estado miembro no tiene la obligación de conceder a todo ciudadano de la Unión que haya circulado en su territorio la misma protección contra la extradición que la que concede a sus propios nacionales

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que, cuando un Estado miembro al que se ha desplazado un ciudadano de la Unión, nacional de otro Estado miembro, recibe una solicitud de extradición de un Estado tercero con el que el primer Estado miembro ha celebrado un acuerdo de extradición, deberá informar al Estado miembro del que dicho ciudadano es nacional y, en su caso, a solicitud de este último Estado miembro, entregarle a este ciudadano, siempre que este Estado miembro tenga competencia, conforme a su Derecho nacional, para procesar a esta persona por hechos cometidos fuera de su territorio nacional.

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Seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles: Legitimación pasiva ante los órganos jurisdiccionales

El art. 4 de la Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles, debe interpretarse en el sentido de que no exige que los Estados miembros establezcan que ante los órganos jurisdiccionales nacionales que conozcan de acciones de indemnización ejercitadas por perjudicados que estén comprendidas en el ámbito de aplicación del art. 1 de la Directiva 2000/26, en la redacción que dio a ésta la Directiva 2005/14, puedan ser demandados, en lugar de serlo las entidades aseguradoras a las que representan, los representantes mismos encargados, en virtud del propio art. 4 de la Directiva 2000/26, de la tramitación y liquidación de siniestros.

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Concepto de alimentos y de ingredientes alimentarios con una «estructura molecular primaria nueva»

El art. 1, apartado 2, letra c), del Reglamento (CE) n.o 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios, debe interpretarse en el sentido de que la expresión «estructura molecular primaria nueva» se refiere a los alimentos o a los ingredientes alimentarios que no han sido objeto de consumo humano en el territorio de la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997.

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El Tribunal de Justicia de la UE confirma dos decisiones de la Comisión con respecto a la amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras en España

Según el Tribunal de Justicia, el Tribunal General de la UE incurrió en error de Derecho al anular las Decisiones de la Comisión por la que se declaraba un régimen fiscal español incompatible con el mercado interior. En concreto, el Tribunal General no aplicó correctamente el requisito del carácter selectivo de las ayudas de Estado, que le obligaba a comprobar si la Comisión había demostrado el carácter discriminatorio del régimen español de deducción de las adquisiciones de participaciones en sociedades extranjeras..

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ACTUALIDAD UE

Avances logrados en la Agenda Europea de Migración

La Comisión ha expuesto el 8 de diciembre los progresos alcanzados en la aplicación de la Declaración UE–Turquía y de los programas de reubicación y reasentamiento de la UE. Además, ha adoptado una cuarta Recomendación en la que recapitula los avances registrados por Grecia en la puesta en marcha de un sistema de asilo plenamente operativo y fija un proceso para la reanudación gradual de los traslados a Grecia con arreglo al sistema de Dublín.

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El Parlamento Europeo decide facilitar la reintroducción urgente de visados

La UE podrá reimponer más rápida y fácilmente la exigencia de visados a ciudadanos de terceros países en caso de incremento considerable de la inmigración irregular o si hay riesgos para la seguridad, gracias a las nuevas reglas que el pleno aprobó el 15 de diciembre de 2016. El proyecto de reglamento todavía tiene que ser aprobado formalmente por el Consejo y entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial.

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Modificación de la Directiva relativa al acceso de las autoridades tributarias a información contra el blanqueo de capitales

El DO L 342 de 16 de diciembre de 2016 publica la Directiva (UE) 2016/2258 del Consejo de 6 de diciembre de 2016 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE en lo que se refiere al acceso de las autoridades tributarias a información contra el blanqueo de capitales. Su objetivo es garantizar que las autoridades fiscales puedan acceder a la información, procedimientos, documentos y mecanismos sobre la lucha contra el blanqueo de capitales para que desempeñen su misión de control de la correcta aplicación de la Directiva 2011/16/UE y para que se pongan en marcha todas las formas de cooperación administrativa establecidas por dicha Directiva.

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Seguimiento de las normas y prácticas que regulan el acceso a los datos personales por parte de las autoridades públicas

Una decisión de adecuación de la Comisión adoptada de conformidad con el art. 25, apartado 6, de la Directiva 95/46/CE es vinculante para todos los órganos de los Estados miembros a los que se dirige, incluidas sus autoridades de supervisión independientes, en la medida en que tiene el efecto de autorizar transferencias de datos personales desde los Estados miembros al tercer país cubierto por la misma. En consecuencia las autoridades nacionales de supervisión no pueden adoptar medidas contrarias a una decisión de adecuación de la Comisión como actos que declaren inválida la dicha decisión o que pretendan establecer con efecto obligatorio que el tercer país afectado no garantiza un nivel de protección adecuado. A ello responde la Decisión de ejecución (UE) 2016/2295 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2016 que publica el DO L344 de 17 de diciembre de 2016.

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Estrategia de la Comisión respecto a la Unión Aduanera de la UE

La Comisión Europea ha presentado el 21 de diciembre de 2016 una comunicación que incluye un plan a largo plazo para dar un nuevo impulso a la gestión de la Unión Aduanera, un pilar fundamental de la Unión Europea que apoya y protege el mercado único. Dicho plan ofrece una visión estratégica de la Unión Aduanera en torno a una mayor cooperación entre las autoridades nacionales a fin de afrontar los desafíos de este siglo.

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Refuerzo del Sistema de Información de Schengen para mejorar la lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza

La Comisión ha propuesto el 21 de diciembre de 2016 reforzar la eficacia y eficiencia operativas del Sistema de Información de Schengen (SIS), tal como se anunció en la Comunicación en la que se trazaba el camino hacia la consecución de una Unión de la Seguridad de la UE eficaz y sostenible y se reiteró en el discurso sobre el estado de la Unión del presidente Juncker. Con 2.900 millones de consultas en 2015, el SIS es el sistema de intercambio de información más utilizado para la gestión de las fronteras y la seguridad en Europa.

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NOTICIAS

Los servicios prestados por abogados y procuradores del turno de oficio están sujetos al IVA

La Dirección General de Tributos, emitió consulta vinculante el pasado 25 de enero y cambia de criterio, considerando que los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita al amparo de la Ley 1/1996, se encuentran sujetos y no exentos del IVA. Se aplicará el tipo general del 21 por ciento.

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La Audiencia de Las Palmas archiva una ejecución hipotecaria tras declarar la nulidad de la cláusula suelo y la devolución retroactiva

El Auto señala que la demanda de ejecución no cumple con los requisitos de exigiblidad y liquidez de la deuda.

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La AN procesa a un marroquí por viajar hasta Turquía para llegar a Siria con el fin de integrase en el DAESH

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha procesado a un marroquí residente en la localidad burgalesa de Padilla de Arriba por viajar hasta Turquía para llegar a Siria con el fin de integrase en el DAESH después de un proceso de autoadoctrinamiento, si bien no pudo conseguir su objetivo al ser detenido en el primer país y devuelto a España.

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