lunes, 30 de septiembre de 2019

Especial Diario La Ley Unión Europea núm. 73, septiembre 2019

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LA LEY Wolters Kluwer

30 de septiembre de 2019

Diario La Ley

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NOTA DE LA REDACCIÓN

Hoy en nuestra portada lo más destacado del Especial Diario La Ley Unión Europea nº 73, septiembre 2019

Como es habitual, el Diario La Ley cede su espacio en el último día del mes al Especial de la Unión Europea, publicado hoy en la revista digital Smarteca. En este número destacamos la doctrina relativa al principio de proporcionalidad en el sistema de determinación automática de los precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo envasados, y la tribuna sobre los derechos y garantía del menor en el proceso penal.

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TRIBUNA

Las nuevas reformas de la arquitectura jurisdiccional de la Unión Europea: la modificación del Protocolo n.º 3 sobre el Estatuto del TJUE y del Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia

Beatriz Vázquez Rodríguez

Profesora Contratada Doctora (acr.), Departamento de Derecho Público, Universidad de Oviedo

La reciente aprobación del Reglamento 2019/629 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se modifica el Protocolo n.o 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha supuesto —fundamentalmente— la reserva al TJ de la competencia para conocer de los recursos de anulación relacionados con la falta de ejecución adecuada de una sentencia dictada por el TJ con arreglo al art. 260, apartado 2 o apartado 3, del TFUE y la creación de un mecanismo de previa admisión a trámite para determinadas categorías de recursos de casación. Además, en relación con esta última, ha sido necesario adoptar una nueva versión del Reglamento de Procedimiento del TJ que incluye ahora los artículos 170 bis y 170 ter. No cabe duda de que estas últimas reformas han tenido como objetivo principal garantizar un sistema adecuado de protección jurídica, ofreciendo a los ciudadanos de la Unión una mayor calidad en la tutela judicial efectiva por parte del TJUE.

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Derechos y garantías del menor en el proceso penal. Armonización legislativa y necesidades procesales

María Elena Laro González

Investigadora Contratada Predoctoral del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad de Sevilla

Este estudio analiza la Directiva 2016/800/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a las garantías procesales de los menores sospechosos o acusados en los procesos penales, haciendo una comparativa con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, a los efectos valorar las necesidades procesales que deben tenerse en cuenta para la futura transposición.

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DOCTRINA

Significación del principio de proporcionalidad en el sistema de determinación automática de los precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo envasados

José Carlos Fernández Rozas

Director de la Revista

Frente a la liberalización de los mercados de electricidad y gas en la Unión Europea, en España se ha mantenido un control administrativo de los precios de los gases licuados del petróleo con el objeto de proteger a los consumidores de un posible abuso de mercado, apoyándose en razones de interés general, vinculadas, de un lado, a la presencia en el sector de consumidores vulnerables, la carencia de una energía sustitutiva en ciertos hábitats, y a la falta condiciones de libre competencia en el mantenimiento de la regulación de precios y, de otro lado, a la obligación de suministro domiciliario. Dicho enfrentamiento ha dado lugar durante más de veinte años a una enconada polémica, con importantes pronunciamientos del Tribunal Supremo, en torno a la virtualidad del referido interés general, al alcance del principio de proporcionalidad y a la contradicción de la regulación con los postulados de la libre competencia. En este contexto el Tribunal Supremo, ante la impugnación de ciertas empresas distribuidoras del sistema de fijación de precios del gas licuado envasado, decidió suscitar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este último Tribunal determinó que la condición de proporcionalidad establecida en el art. 15, ap. 3, letra c), de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, no se opone a medidas que fijan un precio máximo de la bombona de gases licuados del petróleo envasados y exigen a determinados operadores el suministro domiciliario de estos gases, siempre que estas medidas se mantengan solo durante un período de tiempo limitado y no vayan más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo de interés económico general perseguido. Corresponde ahora al Tribunal Supremo establecer su propio pronunciamiento a partir de los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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Prevención de riesgos laborales, transporte y derecho europeo: distorsiones de la realidad práctica

Unai Belintxon Martin

Profesor Contratado Doctor (Acr.) de Derecho Internacional Privado (Universidad Pública de Navarra)

Este trabajo tiene por objeto el análisis y la valoración crítica de la evolución normativa experimentada en el ámbito de la prevención de los riesgos laborales en el sector transporte de mercancías y viajeros por carretera europeo e internacional y su adscripción a la disciplina del Derecho internacional privado. En particular el análisis centrará su atención en el estudio del Reglamento CE 561/2006 relacionado con los tiempos de conducción y descanso y la exclusión de la aplicación para el sector del transporte por carretera de la Directiva UE 2018/957. De este modo, se valorará si la UE debe actuar de manera mucho más activa con el fin de evitar la fragmentación del mercado interior europeo mediante nuevos instrumentos jurídicos que consoliden la armonización socio-laboral proyectada sobre las citadas normas, o si por el contrario debe mantener una actitud de inacción legislativa que permita a los Estados miembros de la UE seguir aprobando medidas jurídicas de forma unilateral sobre esta importante cuestión.

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SENTENCIAS SELECCIONADAS

Sobre la noción de crédito al consumo y competencia judicial internacional

Isabel Rodríguez-Uría Suárez

Abogada

La Sentencia del Tribunal de Justicia de 2 de mayo de 2019 (Asunto C–694/17) establece que el art. 15 del Convenio Lugano II debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si un contrato de crédito es un contrato celebrado por un consumidor, a efectos del citado art. 15, no procede verificar si dicho contrato está incluido en el ámbito de aplicación de la Directiva 2008/48/CE, relativa a los contratos de crédito al consumo, en el sentido de que la cuantía total del crédito en cuestión no rebase el límite máximo fijado en el art. 2, apartado 2, letra c) de dicha Directiva y en el sentido de que es irrelevante a este respecto que el Derecho nacional que transponga la citada Directiva no establezca un límite máximo más elevado.

El presente comentario muestra en términos generales su acuerdo con el resultado de la Sentencia, si bien se muestra crítico con algunas omisiones o simplificaciones del tribunal.

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La discriminación indirecta en la forma de cálculo de la pensión de jubilación en la modalidad contributiva de las mujeres trabajadoras con contrato laboral a tiempo parcial a propósito del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

José Luis Monereo Pérez

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Sara Guindo Morales

Contratada Predoctoral FPU del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Este artículo de investigación se centra en el análisis de la reciente e importante Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera) de 8 de mayo de 2019, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid) sobre la interpretación del art. 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como del art. 4 de la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, en el contexto de un litigio entre, por una parte, una mujer trabajadora que durante una parte importante de su vida laboral había trabajado a tiempo parcial y, por otra parte, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, en relación con la forma de cálculo de su pensión de jubilación en la modalidad contributiva.

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Cánones de aplicación de los Reglamentos europeos en la Sentencia de 18 de marzo de 2019 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

José Javier Pérez Milla

Universidad de Zaragoza

La Sentencia de 18 de marzo de 2019 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña trata sobre la forma aplicable a una donación de un bien inmueble situado en Ingarö (Suecia). La fuerte presencia de claves que proporciona el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para esta materia, condiciona el supuesto y el Tribunal español aplica con solvencia los diferentes condicionantes de los Reglamentos de la Unión Europea.

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JURISPRUDENCIA

Medidas que fijan un precio máximo de la bombona de gases licuados de petróleo envasados y exigen su suministro domiciliario

La condición de proporcionalidad establecida en el artículo 15, apartado 3, letra c), de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a medidas, como las controvertidas en los litigios principales, que fijan un precio máximo de la bombona de gases licuados del petróleo envasados y exigen a determinados operadores el suministro domiciliario de estos gases, siempre que estas medidas se mantengan solo durante un período de tiempo limitado y no vayan más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo de interés económico general perseguido.

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Conceptos de «consumidor» y de «transacciones, según la Directiva relativa a los contratos de crédito al consumo, a los efectos de la aplicación del Convenio Lugano II

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si un contrato de crédito es un contrato de crédito celebrado por un «consumidor», no procede verificar si dicho contrato está incluido en el ámbito de aplicación de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo, en el sentido de que la cuantía total del crédito en cuestión no rebase el límite máximo fijado en el art. 2, ap. 2, letra c), de dicha Directiva, y de que es irrelevante a este respecto que el Derecho nacional que transponga la citada Directiva no establezca un límite máximo más elevado.

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Obligación temporal de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual por Internet de cadenas o de emisiones de televisión de no difundir ni retransmitir en el territorio de dicho Estado miembro una cadena de televisión salvo con arreglo a fórmulas de pago

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que una medida de orden público adoptada por un Estado miembro, que consiste en imponer a los prestadores de servicios de comunicación cuyas emisiones están destinadas al territorio de ese Estado miembro y a las demás personas que prestan a los consumidores de dicho Estado miembro un servicio de difusión por Internet de cadenas o emisiones de televisión la obligación de difundir o retransmitir en el territorio de ese mismo Estado miembro, durante un período de doce meses, una cadena de televisión procedente de otro Estado miembro únicamente mediante paquetes de pago, sin impedir, no obstante, la retransmisión propiamente dicha en el territorio del primer Estado miembro de las emisiones televisivas de esa cadena, no está comprendida en el ámbito de aplicación de dicho ordenamiento.

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Administrador de un sitio de Internet equipado con el botón «me gusta» de Facebook que permite comunicar los datos personales del visitante de ese sitio al proveedor de dicho módulo

El administrador de un sitio de Internet equipado con el botón «me gusta» de Facebook puede ser responsable conjuntamente con Facebook de la recogida y la transmisión a Facebook de los datos personales de los visitantes de su sitio En cambio, no es responsable, en principio, del tratamiento ulterior de esos datos efectuado únicamente por Facebook.

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Alcance de la obligación de la plataforma de comercio electrónico Amazon de indicar su número de teléfono y su número de fax «cuando proceda»

Una plataforma de comercio electrónico como Amazon no está obligada en todos los casos a poner a disposición del consumidor un número de teléfono antes de la celebración de un contrato Sin embargo, ha de poner a su disposición un medio de comunicación que le permita ponerse en contacto rápidamente y de comunicarse con ella de forma eficaz La sociedad Amazon EU ofrece a la venta diversos productos exclusivamente a través de un sitio de Internet, en Alemania, concretamente, a través del sitio www.amazon.de.

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La libertad de información y la libertad de prensa no pueden justificar una excepción a los derechos de autor

La libertad de información y la libertad de prensa no pueden justificar una excepción a los derechos de autor al margen de las excepciones y limitaciones establecidas en la Directiva sobre los derechos de autor. Sin embargo, si se trata de informes de situación militar, el órgano jurisdiccional nacional debe comprobar, ante todo, si concurren los requisitos para que estos informes estén amparados por los derechos de autor antes de controlar si el uso de tales informes puede quedar comprendido en el ámbito de aplicación de las excepciones y limitaciones.

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ACTUALIDAD UE

El Tribunal General desestima la demanda de medidas provisionales de Carles Puigdemont y de Antoni Comín para que se ordene al Parlamento Europeo permitirles tomar posesión de sus escaños

Dado que es indiscutible que los nombres de los demandantes no estaban incluidos en la lista remitida por las autoridades españolas al Parlamento el 17 de junio de 2019, debe estimarse que, a primera vista, los demandantes no habían sido declarados oficialmente electos en el sentido del Acto de 1976. Por lo tanto, no puede prosperar la alegación de los demandantes según la cual el Parlamento debería haber considerado que la proclamación del 13 de junio de 2019 era la declaración oficial en el sentido del Acto de 1976 y no debería haber tenido en cuenta la lista remitida por las autoridades españolas el 17 de junio de 2019.

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Refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión Europea

El DO de 12 de julio de 2019 publica el Reglamento (UE) 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y de los documentos de residencia expedidos a ciudadanos de la Unión y a los miembros de sus familias que ejerzan su derecho a la libre circulación.

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Modificaciones del Código de visados de la Unión Europea con el objeto de contrarrestar los riesgos para la seguridad y el riesgo de migración irregular

El DO de 12 de julio de 2019 publica el Reglamento (UE) 2019/1155 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 810/2009 por el que se establece un Código comunitario sobre visados (Código de visados). Con dicha modificación la política de visados sigue constituyendo una herramienta esencial para facilitar el turismo y la actividad económica, contribuyendo al mismo tiempo a contrarrestar los riesgos para la seguridad y el riesgo de migración irregular a la Unión siendo coherente con otras políticas de la Unión, tales como las políticas de relaciones exteriores, comercio, educación, cultura y turismo.

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Conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores en la Unión Europea

El DO de 12 de julio de 2019 publica la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

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Creación de la Autoridad Laboral Europea

El DO de 11 de julio de 20919 publica el Reglamento (UE) 2019/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se crea la Autoridad Laboral Europea, se modifican los Reglamentos (CE) n.º 883/2004 (UE) n.o 492/2011 y (UE) 2016/589 y se deroga la Decisión (UE) 2016/344. La Autoridad ayudará a los Estados miembros y a la Comisión en la aplicación y cumplimiento efectivos de la legislación de la Unión en materia de movilidad laboral en toda la Unión y la coordinación de los sistemas de seguridad social dentro de la Unión.

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De acuerdo con el Comité Económico y Social Europeo es un imperativo económico y social que las mujeres y los hombres reciban el mismo trato y tengan las mismas oportunidades

EL DO de 17 de julio de 2019 publica el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Cuestiones relacionadas con la igualdad de género» (Dictamen de iniciativa) (2019/C 240/02), que fue aprobado por el pleno el 15 de mayo de 2019 por 200 votos a favor, 4 en contra y 7 abstenciones.

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La Comisión demanda a Bulgaria y a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no proteger a los ciudadanos de la mala calidad del aire

El 25 de julio de 2019 la Comisión Europea ha decidido demandar a Bulgaria y España ante el Tribunal de Justicia de la UE por la mala calidad del aire. Esta decisión forma parte de la acción reforzada de la Comisión para comprometerse con los Estados miembros para proteger la salud de los ciudadanos de la mala calidad del aire, según se establece en la Comunicación de la Comisión «Una Europa que protege: aire limpio para todos» de mayo de 2018.

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