miércoles, 11 de diciembre de 2024

Especial LA LEY Probática nº 18

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LA LEY

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12 de diciembre de 2024

Diario La Ley

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Especial LA LEY Probática nº 18

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Sumario de la Revista

LA LEY Probática aborda temas dogmáticos sobre la prueba, los avances del Derecho probatorio y la probática o cómo probar los hechos en el proceso. Dirige Frederic Munné Catarina.

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Editorial

Frederic Munné

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Tribuna

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El derecho a probar en el TEDH y la CIDH: un estudio comparado(1)

María José Merchant Mendoza

Máster en «Ciencias Jurídicas Avanzadas»

Este estudio analiza y compara cómo es que los más altos tribunales internacionales de derechos humanos interpretan el derecho a probar en Europa y en América. Lo anterior, debido a que no existe este derecho de manera específica o explícita en las convenciones en que se basan para emitir sus determinaciones tanto el TEDH como la CIDH. La interpretación de este derecho implica su reconocimiento y protección como una garantía para un procedimiento justo y equitativo, al permitir a las partes ser oídas y defenderse en un plazo razonable, ante un tribunal imparcial, independiente y previamente establecido por la ley.

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En primera persona

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«Si se entiende, como muchos afirman, que el fin del proceso es el de solucionar un conflicto, entonces la búsqueda de la verdad es algo que no interesa»

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Practica forense

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La inteligencia artificial y la prueba pericial: un cambio transformador en el peritaje judicial

Selva Orejón Lozano

Licenciada en Ciencias de la Comunicación

El presente artículo explora cómo la IA ha cambiado el panorama del peritaje judicial, identificando tanto los aspectos positivos de esta transformación como los riesgos y desafíos que plantea. En un ámbito donde la precisión y la objetividad son esenciales, la incorporación de la IA tiene el potencial de mejorar la eficacia y la fiabilidad de las pruebas periciales. Sin embargo, también trae consigo una serie de interrogantes éticos, legales y técnicos que deben ser cuidadosamente abordados.

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El perito economista-contable en el informe de calificación del administrador concursal

José Carlos Ojeda Arnal

Economista

Con la última reforma concursal, la figura del perito economista resulta básica en la sección de calificación de los concursos de acreedores. Como es sabido, en la sección de calificación, fundamentalmente, se debe evidenciar el nexo causal existente entre la conducta dolosa o culposa grave (en los términos de los arts. 442 TRLC y ss) que se pretenda atribuir al concursado y sus representantes y cómplices, y el perjuicio económico que la conducta haya causado y que por tanto se reclame. Dado que en la sección de calificación se tratarán temas como la insolvencia financiera, las irregularidades contables, la salida fraudulenta de bienes y derechos del patrimonio del deudor, la llevanza de doble contabilidad, etc, conceptos estos eminentemente de cariz económico y contable, tanto si se pretende argumentar una calificación culpable, como si se pretende defender el concurso fortuito, la pretensión deberá acompañarse de los elementos de prueba necesarios, para facilitar la decisión del juzgador.

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Dosier de probática

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Las generalizaciones en el razonamiento probatorio(1)

Carlos de Miranda Vázquez(2)

Profesor lector Derecho Procesal

Las generalizaciones juegan un papel fundamental en el razonamiento probatorio. Sin embargo, siguen siendo problemáticas, sobre todo a la hora de determinar su correcta incorporación al razonamiento probatorio en calidad de premisas. Lo que, a su vez, dificulta enormemente su control efectivo en segunda instancia. Se presenta un caso con respecto del cual se defiende una incorrecta incorporación de una generalización ad hoc al razonamiento probatorio de la sentencia.

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Jurisprudencia de derecho probatorio

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Criterios para determinar la existencia de la vulneración del derecho al honor del detenido policial

Manuel Richard González

Profesor Titular de Derecho Procesal UPNA

El honor y buen nombre de las personas sometidas a un proceso penal está protegido por la Constitución y la Ley al igual que lo está la presunción de inocencia. Pero ello no impide que se pueda informar sobre las circunstancias personales de esas personas, siempre que la información sea veraz y se refiera a hechos relevantes. En la Sentencia analizada se contienen los criterios de valoración de los hechos en un supuesto de reclamación del derecho al honor.

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Analisis jurisprudencial

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La prueba de la culpa exclusiva de la victima en los accidentes de circulación

Silvia Badiola Coca

Profesora Ayudante Doctor de Derecho Procesal UPNA

La determinación de la culpa exclusiva de la victima se configura como una causa de exoneración de la responsabilidad civil especialmente relevante en el ámbito de accidentes de los tráfico. Así, conforme a la la letra del artículo 1.1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehiculos a motor, se establece la exoneración de la responsabilidad del conductor en los casos en los que quede probada la culpa exclusiva de la victima o fuerza mayor. Citada exoneración, adquiere una especial relevancia en el caso de atropello a peatones, en cuyo caso deberá determinarse si la causa eficiente y exclusiva del daño se debió a la conducta del conductor o del peatón imprudente. A este respecto se pronuncia la AP de la Rioja, en su Sentencia no 103/2024 de Febrero de 2024, Recurso 176/2023, que determina que la causa eficiente del accidente en el que una viandante fue atropellada por un motorista, no deriva de la imprudencia de la viandante, sino de la conducta del motorista puesto, por un lado, hubiera circulado a una velocidad adecuada y sin realizar maniobras peligrosas, y por otro, hubiera adoptado la medida correcta de frenar y detener el vehículo, habría podido evitar el accidente.

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Pasatiempos probatorios

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Sopa de letras: Películas de juicio

Enrique de Madrid Dávila

Detective Privado. Vocal de la Asociación de Probática y Derecho Probatorio

Esta sección propondrá al lector en cada número distintos pasatiempos a modo de actividades lúdicas, aunque no por ello de menor interés académico y práctico.

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Diario LA LEY 10626, de 12 de diciembre de 2024

Opinión

Tribuna

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La mediación como método de resolución de conflictos: análisis conceptual, ventajas y recomendaciones en el contexto europeo

María Isabel Villegas Ruiz

Licenciada en Ciencias de la Administraciones Públicas

La resolución de conflictos es esencial en diversas áreas de las sociedades democráticas. En ese marco, puede asumirse que y la mediación se presenta como una alternativa eficaz frente a métodos tradicionales como el litigio. La medicación, como proceso alternativo, facilitado por un tercero imparcial, fomenta el entendimiento y la cooperación entre las partes para encontrar soluciones objetivas de mutuo acuerdo. A diferencia de la autotutela o la autocomposición, la mediación promueve un equilibrio entre las necesidades de ambos implicados, reduciendo el desgaste emocional y económico. La Unión Europea ha recomendado su uso, destacando sus beneficios en la mejora de la justicia, su aplicabilidad en conflictos familiares, laborales, comerciales y comunitarios, y su capacidad para generar resultados beneficiosos para todos los involucrados.

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Tribuna

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Reflexiones sobre la (aparente) discriminación retributiva de los profesores de FP

Gabriel Luján Matos

Legal Trainee en Llinares Abogados

En los últimos años, las quejas de los profesores de Formación Profesional sin titulación universitaria han cobrado relevancia debido a que sus compañeros con titulación superior han sido integrados en un subgrupo profesional con mayores beneficios retributivos. Este trabajo analiza si dicha diferencia de trato se ajusta a Derecho o, por el contrario, vulnera el artículo 14 de la Constitución española.

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Tribuna

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El delito de amenazas indirectas o proferidas a través de terceros

Augusto Hernández Manzanares

Juez adscrito al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Este artículo analiza el delito de amenazas indirectas o proferidas ante o a través de terceros, siguiendo los razonamientos esgrimidos por la Sala 2ª del Tribunal Supremo a través de la doctrina jurisprudencial fijada a raíz de la STS número 1008/2021, de 20 de diciembre; Sentencia de Pleno del Tribunal Supremo número 179/2023, de 14 de marzo, o la reciente STS número 750/2024, de 18 de julio, singularmente en el ámbito de la violencia doméstica y sobre la mujer.

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La sentencia del día

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Colgar una pancarta en un colegio denunciando que no paga el alquiler no atenta contra el honor de su director y de la sociedad arrendataria

La actuación de los arrendadores, que residían en el mismo edificio en el que se ubicaba el local arrendado, está amparada por su derecho a la libre información. La información que difundieron, relativa la existencia de una deuda por rentas impagadas y de una orden de desahucio, era veraz, y su conducta fue proporcionada, pues pese al impago durante 4 años y a la sentencia condenatoria dictada en primera instancia, la arrendataria siguió ocupando el local sin pagar cantidad alguna mientras duró la tramitación del recurso de apelación y hasta que se produjo el lanzamiento.

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Sentencias y resoluciones

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Contratado el seguro por teléfono no se aplican las limitaciones de cobertura si la aseguradora no envió la póliza por correo

Tampoco se conoce el contenido de la información facilitada al asegurado en el momento de la contratación pues la aseguradora, a pesar de haber sido requerida para ello por el asegurado, no ha aportado las grabaciones de audio de las conversaciones.

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Cómputo del plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo contra un acto administrativo objeto de rectificación de errores

El Tribunal Supremo indica que contra un acto administrativo que, una vez publicado en el correspondiente boletín oficial, es objeto de rectificación de errores, el cómputo del plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo comienza desde la fecha de la publicación de la rectificación de errores, siempre que la rectificación tenga incidencia en los derechos que integran las pretensiones ejercitadas, pero no en caso contrario.

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Confirmada la condena por imprudencia menos grave a conductora que atropelló a menor en paso de peatones

La persona conducía sin prestar atención a las circunstancias de la circulación y no se detuvo ante el paso de peatones debidamente señalizado e hizo caso omiso a la preferencia otorgada al paso de peatones, continuando la marcha, aun cuando reduciendo la velocidad, sin percatarse de que cruzaba por el paso de peatones un menor de edad.

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Despido nulo de trabajador de empresa de servicios que denunció irregularidades en la adjudicación de contratos con un ayuntamiento

El trabajador cuando denunció estos hechos actuó de buena fe a la luz de las circunstancias y de la información que disponía en ese momento, como ha quedado reflejado en el expediente de compliance.

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Rincón de Lectura

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La determinación de las sanciones penales: las penas y las medidas de seguridad (Mª Concepción Molina Blázquez)

Se exponen de manera breve y sistemática las normas sobre la determinación de la pena y las medidas de seguridad en la legislación penal española, ejemplificada y con casos prácticos resueltos al final de la obra.

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