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NOTA DE LA REDACCIÓN |
Hoy en nuestra portada lo más destacado del Especial Diario La Ley Unión Europea nº 77, enero 2020 Ya termina el primer mes del 2020 y como es habitual, el Diario La Ley cede su espacio al Especial de la Unión Europea, publicado hoy en la revista digital Smarteca. En este número destacamos la tribuna sobre el Brexit, y en concreto la relativa al Acuerdo de retirada y preparativos para las negociaciones sobre las futuras relaciones entre la Unión Europea y el Reino Unido. | |
TRIBUNA |
Brexit: Acuerdo de Retirada y preparativos para las negociaciones sobre las futuras relaciones entre la Unión Europea y el Reino Unido Wolters Kluwer En el Consejo Europeo extraordinario de 13 de diciembre de 2019 los líderes de la EU27 discutieron el Brexit y los preparativos para las negociaciones sobre las futuras relaciones entre la UE y el Reino Unido después de la retirada. Reconfirmaron su objetivo de establecer la relación futura más cercana posible con el Reino Unido y acogieron con beneplácito la decisión de la Comisión de volver a nombrar a Michel Barnier. El Consejo Europeo invitó a la Comisión a presentar al Consejo un proyecto de mandato global para una futura relación con el Reino Unido inmediatamente después de su partida. Los líderes de la UE también invitaron al Consejo de Asuntos Generales a adoptar rápidamente las decisiones relevantes y el mandato de negociación. | |
La Directiva sobre transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas: regulación y facilitación de la movilidad de sociedades dentro de la Unión Europea Rafael ARENAS GARCÍA Catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad Autónoma de Barcelona La Directiva 2019/2121 ofrece una regulación conjunta de las transformaciones societarias, las fusiones y las escisiones intracomunitarias. Aquí se analiza cómo la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo ha jugado un papel clave para la actuación del legislador europeo y las líneas generales de la regulación que se incluye en la Directiva, así como qué vías existen para la transposición de la misma en el Derecho español. | |
Sostenibilidad financiera en la Unión Europea: El Reglamento (UE) 2019/2088 sobre las finanzas sostenibles Alberto J. TAPIA HERMIDA Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid Este estudio comienza señalando los nuevos vectores del desarrollo futuro del mercado financiero, que son la sostenibilidad y digitalización, para concretar, a continuación, el punto de conexión entre la sostenibilidad y el sistema financiero. Después, examina el Reglamento (UE) 2019/2088 sobre las finanzas sostenibles para continuar con el análisis de las relaciones entre el Pacto Verde Europeo y las finanzas sostenibles, En la segunda parte del estudio, se expone la regulación de la sostenibilidad financiera en el Derecho español vigente y la labor de la CNMV a favor de la promoción de las finanzas sostenibles. | |
SENTENCIAS SELECCIONADAS |
Cuando el divorcio es cosa de dos. Comentario al Auto del Tribunal de Justicia de 3 de octubre de 2019, as. C-759/18, OF y PG Albert FONT I SEGURA Profesor titular de Derecho internacional privado.UPF El Auto comentado recuerda la importancia de las pretensiones invocadas ante el tribunal puesto que éstas determinan los criterios de competencia aplicados. Así, el TJUE subraya de nuevo el alcance limitado de la competencia atribuida en materia matrimonial. Pese a que las normas estatales puedan establecer la obligación de que el juez competente se pronuncie sobre la responsabilidad parental o las obligaciones alimenticias de los hijos menores, si la competencia judicial internacional atribuida por el Reglamento (UE) 2201/2003 se limita exclusivamente a la materia matrimonial (disolución del vínculo matrimonial), no cabe esa posibilidad. El TJUE destaca además el carácter objetivo, alternativo y exhaustivo del elenco de criterios previstos en materia matrimonial en el Reglamento 2201/2003. | |
La condena parcial en costas y su compatibilidad con el proceso europeo de escasa cuantía Sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de febrero de 2019, asunto C-554/17: Rebecka Jonsson Beatriz AÑOVEROS TERRADAS Profesora titular de Derecho internacional privado de la Facultad de Derecho de ESADE-Universitat Ramon Llull El Proceso europeo de escasa cuantía (PEEC) es un proceso sencillo y rápido creado como alternativa a los procedimientos nacionales existentes. Si bien es cierto que las características principales del proceso se establecen en el Reglamento, éste no supone una regulación procesal completa y exhaustiva. El Reglamento lleva a cabo una armonización de mínimos siendo necesaria su interrelación con las legislaciones procesales nacionales. Un ejemplo claro de la mentada interrelación de cuerpos normativos lo encontramos respecto de las costas procesales, y es precisamente ahí donde se enmarca la decisión del TJUE en el asunto Jonsson. Dicha sentencia poner de manifiesto la compleja interrelación entre el PEEC y los Derechos nacionales y la pugna entre la necesaria intervención del legislador europeo para evitar que los desequilibrios de los medios procesales de que disponen los acreedores en los distintos Estados miembros distorsione la competencia en el mercado interior y el principio de autonomía procesal de los Estados Miembros. | |
Ámbito de aplicación ratione temporis y ratione materiae del Reglamento (CE) 44/2001 vs. Reglamento (UE) 1215/2012: resolución judicial relativa a un crédito resultante de la disolución del régimen patrimonial derivado de una relación de pareja de hecho no registrada Sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de junio de 2019, C-361/18: Weil Diana MARÍN CONSARNAU Profesora agregada (contratado doctor) de Derecho internacional privado. Universidad Rovira i Virgili En la solicitud de expedición de un certificado conforme al art. 54 Reglamento (CE) 44/2001, debe verificarse si la resolución entra dentro del ámbito de aplicación del Reglamento, cuando en dicha resolución no haya un pronunciamiento sobre su aplicabilidad. Una acción, que tiene por objeto una solicitud de disolución de las relaciones patrimoniales derivadas de una relación de pareja de hecho no registrada está incluida en el concepto de «materia civil» y comprendida en el ámbito de aplicación material de dicho Reglamento (art. 1). |
La sentencia «vinagre de Módena»: ¿Un cambio radical de la jurisprudencia del TJUE relativa a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen? Sentencia del Tribunal de Justicia de 4 de diciembre de 2019, asunto C-432/18 - Consorzio Tutela Aceto Balsamico di Modena Luis GONZÁLEZ VAQUÉ Exconsejero de la DG «Mercado interior», Comisión Europea El TJUE respondió a la cuestión planteada por el Bundesgerichtshof (Tribunal Supremo de lo Civil y Penal, Alemania) declarando que el artículo 1 del Reglamento n.o 583/2009 debe interpretarse en el sentido de que la protección de la denominación «Aceto Balsamico di Modena» no se extiende a la utilización de los términos individuales no geográficos de esta. | |
JURISPRUDENCIA |
Normativa nacional que permite la videovigilancia para garantizar la seguridad y la protección de las personas, bienes y activos y la satisfacción de intereses legítimos sin el consentimiento del interesado El Derecho de la Unión relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, deben interpretarse, a la luz de los arts. 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que no se oponen a disposiciones nacionales que autorizan la instalación de un sistema de videovigilancia como el controvertido en el litigio principal, colocado en las zonas comunes de un edificio de uso residencial sin el consentimiento de los interesados, con el fin de satisfacer intereses legítimos consistentes en garantizar el cuidado y la protección de las personas y de los bienes, si el tratamiento de datos personales mediante el sistema de videovigilancia de que se trata reúne los requisitos impuestos en dicho art. 7, letra f), circunstancia que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente. | |
Un signo que alude a la marihuana no puede ser registrado como marca de la Unión por ser contrario al orden público Aunque el cáñamo no se considera una sustancia estupefaciente por debajo de un determinado umbral de tetrahidrocannabinol, en el estado actual del Derecho, su consumo y utilización siguen siendo ilegales por encima del umbral mencionado en la mayoría de los Estados miembros. Es la combinación de esos distintos elementos lo que llama la atención de los consumidores, que no disponen necesariamente de conocimientos o técnicos precisos sobre el cannabis como sustancia estupefaciente, ilegal en numerosos países de la Unión. Por eso un signo que alude a la marihuana no puede ser registrada como marca de la Unión. | |
Concepto de «autoridad judicial emisora» para decretar una orden de detención europea en el ejercicio de acciones penales El Tribunal de Justicia considera que las fiscalías francesa, sueca y belga reúnen los requisitos necesarios para emitir una orden de detención europea, y aclara a la vez el alcance de la tutela judicial de la que gozan las personas objeto de esa orden |
El complemento de pensión concedido por España a las madres beneficiarias de una pensión de invalidez que tengan dos o más hijos debe reconocerse también a los padres que se encuentren en una situación idéntica El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una norma nacional que establece el derecho a un complemento de pensión para las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias de pensiones contributivas de incapacidad permanente en cualquier régimen del sistema de Seguridad Social nacional, mientras que los hombres que se encuentren en una situación idéntica no tienen derecho a tal complemento de pensión. | |
Las personas que hayan sufrido un perjuicio como consecuencia de un cártel pueden solicitar la reparación de dicho perjuicio aunque no operen como proveedores o compradores en el mercado afectado por el cártel El Tribunal de Justicia aporta importantes precisiones sobre la articulación entre las disposiciones del Derecho de la Unión y las del Derecho nacional que regulan las acciones para el resarcimiento de los daños causados por un cártel al declarar que el art. 101 TFUE debe interpretarse en el sentido de que un organismo público que concedió préstamos en condiciones favorables a los compradores de productos afectados por un cártel puede solicitar la reparación del perjuicio causado por el cártel. |
ACTUALIDAD UE |
Eurojust se convierte en la Agencia Europea para la Cooperación en Justicia Criminal Eurojust ha anunciado el 12 de diciembre de 2019 una nueva fase en su desarrollo, ya que se convierte oficialmente en la Agencia Europea para la Cooperación en Justicia Criminal, con la aplicación del Reglamento Eurojust como la nueva base legal | |
La Comisión presenta el Pacto Verde Europeo La Unión Europea llevaba varios meses anunciando su gran pacto por el clima: el European Green Deal y el 11 de diciembre por la tarde lo hizo oficial en Bruselas. Esta hoja de ruta tiene entre sus objetivos una economía limpia, circular y sostenible, revertir la pérdida de biodiversidad, reducir la contaminación y hacer que la transición sea justa e inclusiva para sus ciudadanos | |
Los Estados miembros de la Unión Europea se han comprometido conjuntamente a facilitar más de 30.000 plazas de reasentamiento para 2020 En el primer Foro Mundial de los Refugiados en Ginebra, la Comisión Europea ha anunciado ayuda financiera a los Estados miembros que se han comprometido conjuntamente a facilitar más de 30.000 plazas de reasentamiento para 2020 |
Conclusiones sobre las economías que fomentan la igualdad de género en la UE El Consejo ha adoptado el 10 de diciembre unas Conclusiones sobre las economías que fomentan la igualdad de género en la UE, con el objetivo de contribuir a la estrategia sobre igualdad de género de la nueva Comisión | |
Nuevas normas de la Unión Europea sobre transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas El DO de 12 de diciembre de 2019 publica Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas. Dada la complejidad de estas operaciones operaciones transfronterizas y la multitud de intereses en juego, La Directiva pretende proporcionar seguridad jurídica, disponer el control de la legalidad de las operaciones transfronterizas antes de que surtan efecto. A tal fin, las autoridades competentes de los Estados miembros afectados deben velar por que las decisiones sobre la aprobación de una operación transfronteriza se adopten de manera justa, objetiva y no discriminatoria, y sobre la base de todos los elementos pertinentes exigidos por el Derecho de la Unión y nacional |
Mejora de la aplicación y la modernización de las normas de protección de los consumidores de la Unión El Diario Oficial de 18 de diciembre de 2019 publica la Directiva (UE) 2019/2161 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 por la que se modifica la Directiva 93/13/CEE del Consejo y las Directivas 98/6/CE, 2005/29/CE y 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a la mejora de la aplicación y la modernización de las normas de protección de los consumidores de la Unión | |
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