jueves, 28 de abril de 2022

La Ley Unión Europea nº 102, abril 2022

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LA LEY Wolters Kluwer

29 de abril de 2022

Diario La Ley

NOTA DE LA REDACCIÓN

Hoy en nuestra portada La Ley Unión Europea nº 102, abril 2022

Ya finalizado el mes de abril, el Diario La Ley cede su espacio a las últimas novedades doctrinales, jurisprudenciales y de actualidad en la Unión Europea, que pueden consultar también en la revista digital Smarteca. De entre sus contenidos destacamos la tribuna dedicada a las licencias de patentes especiales y el estudio sobre la propuesta de Directiva de tributación mínima global.

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TRIBUNA

La batalla por las licencias globales de patentes esenciales: las controvertidas medidas antiproceso chinas

Pilar Jiménez Blanco

Catedrática de Derecho internacional privado

La UE ha instado, en el seno de la OMC, un período de consultas sobre las antisuit injuctions dictadas por los tribunales chinos que pretenden impedir que los titulares de las patentes esenciales puedan iniciar procesos en cualquier país del mundo. En el fondo, subyace una batalla por el control de los litigios sobre las licencias globales de las denominadas patentes esenciales para las normas técnicas en el sector de la tecnología. Las ventajas de concluir tales licencias globales, tanto para los titulares de las patentes como para las empresas usuarias de la tecnología, no es acorde con la imposición de unos tribunales estatales que establezcan un modelo low cost. La voluntad negocial requiere un equilibrio entre los intereses y un acuerdo sobre el modo de resolución de las controversias.

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¿Pueden los Estados miembros de la UE establecer precios máximos de venta para los productos alimenticios?

Luis González Vaqué

Coordinador de Políticas agroalimentarias, Fundación Triptolemos

Contrariedad al Derecho de la Unión del decreto gubernamental del Gobierno húngaro estableciendo, inter alia, precios máximos para determinados productos alimenticios, como el azúcar granulado, la harina de trigo y la leche.

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REGULACION

Propuesta de Directiva sobre tributación mínima global

Eduardo Sanz Gadea(2)

Inspector de Hacienda del Estado (jubilado)

La presente colaboración tiene por objeto exponer las líneas básicas de la denominada imposición mínima global, tal y como está regulada en la propuesta de directiva presentada por la Comisión de la Unión Europea, el 22 de diciembre de 2021. En caso de ser aprobada, su transposición al ordenamiento interno implicará el nacimiento de una nueva figura tributaria que, aunque afectará a un reducido número de contribuyentes, implicará una novedad relevante en la tributación sobre los beneficios de los grandes grupos de empresas, tal vez magnificada para dar satisfacción a una opinión pública altamente crítica con las maniobras de desviación artificiosa de beneficios practicadas por ciertos grupos multinacionales.

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Insolvencia internacional y pre–concursos: tres novedades contempladas en el Proyecto de ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal

Iván Heredia Cervantes

Profesor Titular de Derecho internacional privado

El Proyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal introduce un amplio elenco de novedades en la normativa sobre insolvencia internacional. El presente trabajo se centra en las novedades más relevantes en el ámbito pre-concursal.

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SENTENCIAS SELECCIONADAS

Acciones por enriquecimiento injusto y competencia judicial internacional

Milagros Orozco Hermoso

Profesora asociada de Derecho internacional privado

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que una acción de restitución por razón de enriquecimiento injusto no está comprendida en la regla especial de competencia judicial internacional que el Reglamento Bruselas I prevé para la materia delictual o cuasidelictual, y en principio tampoco lo está en la prevista para la materia contractual. El criterio de competencia exclusiva sobre ejecución de resoluciones judiciales tampoco será aplicable aunque el enriquecimiento injusto haya tenido su origen en un procedimiento de ejecución. En consecuencia, son competentes para conocer de la acción los tribunales del Estado miembro de domicilio del demandado. A raíz de esta sentencia se descarta definitivamente la visión binaria del derecho de obligaciones basada en la dicotomía entre obligaciones contractuales y materia delictual o cuasidelictual, ya que a efectos de las reglas de competencia del Reglamento 1215/2012 pueden existir obligaciones que no sean de ninguno de estas dos clases.

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La Justicia europea no reconoce el derecho de los hijos de parejas LGTBI en toda la UE

Santiago Álvarez González

Catedrático de Derecho internacional privado

En su muy esperada sentencia Pancharevo (Asunto C-490/20) el Tribunal de Justicia de la UE estableció que el art. 4 TUE, apartado 2, los artículos 20 TFUE y 21 TFUE y los artículos 7, 24 y 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en relación con el art. 4.3º de la Directiva 2004/38/CE, debían interpretarse en el sentido de que, en el caso de un menor ciudadano de la Unión cuyo certificado de nacimiento expedido por las autoridades competentes del Estado miembro de acogida designa como progenitores a dos personas del mismo sexo, el Estado miembro del que el menor es nacional está obligado, por una parte, a expedirle un documento de identidad o un pasaporte sin exigir la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales y, por otra parte, a reconocer, al igual que cualquier otro Estado miembro, el documento procedente del Estado miembro de acogida que permita al menor ejercer con cada una de esas dos personas su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

El presente comentario contempla la sentencia como una respuesta previsible a propósito de los derechos de los ciudadanos europeos, en este caso menores, para circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

A pesar de ello, detecta algunas diferencias entre la argumentación del TJ, más exigente para los Estados miembros en términos de Derecho de la Unión, y la parte dispositiva del fallo.

Aunque en esa argumentación se llega a imponer la obligación de otorgar un documento de identidad o pasaporte donde conste la nacionalidad búlgara de la niña y los apellidos tal cual aparecen en el certificado de nacimiento expedido por las autoridades del Estado miembro de acogida, este extremo no aparece en el fallo.

Algo similar ocurre con la obligación de reconocer «como progenitoras» a las dos madres de la niña. En lugar de ello, el TJ centra su respuesta meramente en el derecho de que la niña sea acompañada por ellas cuando ejerza su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros. ¿Acompañarla como madres? ¿Como simples personas con derecho a acompañarla?

El autor considera que se ha producido una decisión salomónica al imponer a Bulgaria la obligación de expedir un documento de identidad o pasaporte a la niña búlgara y no la obligación de expedirle también a ella o a sus madres un documento que mencionen los derechos de estas últimas a acompañar a la niña como tales. Esta última obligación la sitúa en las autoridades del Estado miembro de acogida (ciertamente no de forma taxativa: considera que son las que están en mejor situación para expedir tal documento).

Aunque pudiera considerarse que estas observaciones son menores (realmente, no afectan al fallo), reflejan una indisimulada voluntad del TJ por interferir mínimamente en un asunto ciertamente sensible para Bulgaria y para otros Estados miembros.

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Exigencias de Derecho de la UE que los Estados miembros deben respetar al regular el régimen de recursos interno

Cristóbal Rodríguez Giménez

Letrado del Consejo de Estado

Comentario de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2021, en el asunto C-497/20, Randstad Italia, en la que el TJUE señala que los Estados miembros están obligados a garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y, para ello, deben regular la posibilidad de recurrir la resolución del órgano judicial que se haya pronunciado en primera instancia, pero que, una vez previsto esto, no están obligados a prever una vía de recurso adicional para los casos en los que el tribunal de apelación haya interpretado de forma incorrecta el Derecho de la Unión, ni tampoco a establecer la infracción del Derecho de la Unión como uno de los motivos que permiten interponer el recurso de casación.

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La relación laboral de los profesores de religión católica en centros públicos ante el Derecho de la Unión Europea

Santiago Cañamares Arribas

Universidad Complutense de Madrid

Estas páginas analizan el impacto de la normativa europea relativa al trabajo de duración determinada sobre la configuración de la relación laboral de los profesores de religión católica en centros públicos que se lleva a cabo en el Derecho interno de los estados miembros.

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Trabajadores con discapacidad: principio de igualdad de trato y alcance del concepto de ajustes razonables

José Luis Monereo Pérez

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Granada

Sheila López Vico

Personal Investigador Predoctoral en Formación (FPU). Universidad de Granada

El presente trabajo tiene por objeto el análisis de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 10 de febrero de 2022, la cual aborda el problema interpretativo derivado del art. 5 de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. En particular, por medio de esta Sentencia se plantea por el Consejo de Estado de Bélgica una cuestión prejudicial sobre si el concepto de «ajustes razonables para las personas con discapacidad» recogido en dicho precepto debe de ser interpretado en el sentido de que un trabajador al cual se le reconozca una discapacidad que le impida desarrollar las funciones esenciales del puesto para el cual fue contratado y que venía desarrollando debe de ser destinado a otro puesto para el cual sí disponga de las competencias, capacidades y la disponibilidad exigidas. Además, en este caso el trabajador no era un agente contratado con carácter definitivo en la empresa, sino que por el contrario, el mismo se encontraba en un período de prácticas tras su incorporación en el momento en el cual fue despedido por la empresa, la cual por otro lado, constituía una sociedad anónima de Derecho público.

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Lugar de la infracción y ley aplicable a los derechos de propiedad industrial unitarios

Pedro Alberto de Miguel Asensio

Catedrático de Derecho internacional privado

Análisis de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del art. 8.2 del Reglamento Roma II relativo a la determinación de la ley aplicable a la infracción de un derecho de propiedad intelectual unitario. Se valora la contribución de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto Acacia, a la luz de su jurisprudencia previa, y su interacción con la interpretación de las normas de competencia judicial internacional en este sector. La respuesta del Tribunal se funda en los objetivos de seguridad jurídica y de previsibilidad del RRII y pese a presentar importantes virtudes, puede introducir también nuevos elementos de distorsión.

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JURISPRUDENCIA

La acción de restitución del pago indebido por razón de enriquecimiento injusto no constituye una competencia exclusiva en el sentido del Reglamento Bruselas I

El art. 22, punto 5, del Reglamento Bruselas Il, debe interpretarse en el sentido de que una acción de restitución por razón de enriquecimiento injusto no está comprendida en la competencia exclusiva prevista en esa disposición, aun cuando dicha acción se haya ejercitado por haber expirado el plazo dentro del cual la restitución de las cantidades indebidamente pagadas en un procedimiento de ejecución forzosa puede reclamarse en el marco de ese mismo procedimiento de ejecución. 2) El art. 5, punto 3, del Bruselas I debe interpretarse en el sentido de que una acción de restitución por razón de enriquecimiento injusto no está comprendida en el criterio de competencia previsto en esa disposición.

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Negativa del Estado miembro de origen de una de las dos madres a expedir un certificado de nacimiento de una menor por falta de información sobre la identidad de la madre biológica

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que, en el caso de un menor ciudadano de la Unión cuyo certificado de nacimiento expedido por las autoridades competentes del Estado miembro de acogida designa como progenitores a dos personas del mismo sexo, el Estado miembro del que el menor es nacional está obligado, por una parte, a expedirle un documento de identidad o un pasaporte sin exigir la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales y, por otra parte, a reconocer, al igual que cualquier otro Estado miembro, el documento procedente del Estado miembro de acogida que permita al menor ejercer con cada una de esas dos personas su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

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Sentencia del órgano jurisdiccional superior de la jurisdicción contencioso-administrativa de un Estado miembro que declara inadmisible, infringiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, el recurso de un licitador excluido de un procedimiento de adjudicación de un contrato público

El Derecho de la Unión no se opone a que el órgano jurisdiccional superior de la jurisdicción ordinaria de un Estado miembro no pueda anular una sentencia dictada infringiendo dicho Derecho por el órgano jurisdiccional superior de la jurisdicción contencioso-administrativa de ese Estado miembro. Esto se ha de entender, no obstante, sin perjuicio de la posibilidad que tienen los perjudicados por esa infracción de solicitar ser indemnizados por el Estado miembro de que se trate.

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Razones objetivas que justifican la renovación de contratos de trabajo de duración determinada en el sector público de profesores de religión católica

Profesores de religión católica: la necesidad de una declaración de idoneidad expedida por una autoridad eclesiástica no justifica la renovación de contratos de duración determinada. No existe discriminación por motivos de religión ni por la duración determinada de la relación laboral.

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Despido de un trabajador declarado definitivamente no apto para desempeñar las funciones esenciales de su puesto de trabajo

Un trabajador con discapacidad, incluido el que realiza un período de prácticas tras su incorporación, declarado no apto para desempeñar las funciones esenciales del puesto que ocupa, tiene derecho a ser destinado a otro puesto para el que disponga de las competencias, las capacidades y la disponibilidad exigidas No obstante, esa medida no debe suponer una carga excesiva para el empresario.

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Ley aplicable a las obligaciones extracontractuales que remite al país en el que se ha cometido la infracción de un derecho de propiedad intelectual

Los tribunales de dibujos y modelos comunitarios que conocen de una acción por infracción en virtud del art. 82, ap. 5, del Reglamento n.o 6/2002, que tienen por objeto actos de infracción cometidos o que pudieren cometerse en el territorio de un solo Estado miembro, deben examinar las pretensiones conexas de dicha acción, por las que se solicitan una indemnización por daños y perjuicios, la presentación de información, documentos y cuentas así como la entrega de los productos infractores con vistas a su destrucción, sobre la base del Derecho del Estado miembro en cuyo territorio se hayan cometido o pudieren cometerse los actos que supuestamente violen el dibujo o modelo comunitario invocado, lo que coincide, en las circunstancias de una acción ejercitada con arreglo al citado art. 82, ap. 5, con el Derecho del Estado miembro en el que se sitúan esos tribunales.

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Denegación de ejecución de una orden de detención europea: criterios que permiten a la autoridad judicial de ejecución apreciar el posible riesgo de vulneración del derecho fundamental de la persona buscada a un proceso equitativo

El Tribunal de Justicia, reunido en Gran Sala y mediante sentencia dictada con arreglo al procedimiento prejudicial de urgencia, responde afirmativamente y precisa los criterios de aplicación del referido examen.

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Normativa nacional que contempla, para el caso de situación irregular, la imposición de una multa que lleva aparejada la obligación de abandonar el territorio

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro que sanciona la permanencia irregular de un nacional de un tercer país en el territorio de ese Estado miembro, cuando no concurren circunstancias agravantes, en un primer momento, con una sanción de multa que lleva aparejada la obligación de abandonar el territorio de dicho Estado miembro en el plazo fijado salvo que, antes de que este expire, se regularice la situación del nacional de un tercer país y, en un segundo momento, si no se ha regularizado su situación, con una decisión en la que se ordena obligatoriamente su expulsión.

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Comunicación por un periodista de cierta información relativa a la publicación inminente de un artículo de prensa que recoge rumores sobre sociedades cotizadas en bolsa

Libertad de prensa: la revelación por un periodista de información privilegiada relativa a la publicación inminente de un artículo que recoge rumores sobre sociedades cotizadas en bolsa es lícita si es necesaria para el ejercicio de una actividad periodística y respeta el principio de proporcionalidad.

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ACTUALIDAD UE

Soberanía digital: la Comisión propone la Ley de chips para hacer frente a la escasez de semiconductores y reforzar el liderazgo tecnológico de Europa (8 febrero 2022)

La Comisión ha propuesto el 8 de febrero de 2022 un conjunto completo de medidas para garantizar la seguridad del suministro, la resiliencia y el liderazgo tecnológico de la UE en tecnologías y aplicaciones de semiconductores. La Ley europea de chips reforzará la competitividad y la resiliencia de Europa y ayudará a lograr la transición digital y ecológica. Las nuevas medidas ayudarán a Europa a alcanzar sus objetivos de la Década Digital 2030 de tener el 20% de la cuota de mercado mundial de chips para 2030. Junto con la Ley de chips, la Comisión también publicó el 8 de febrero de 2022 una encuesta dirigida a las partes interesadas para recopilar información detallada sobre la demanda actual y futura de chips y obleas. Los resultados de esta encuesta ayudarán a comprender mejor cómo la escasez de chips está afectando a la industria europea.

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La Comisión lleva al Reino Unido al Tribunal de Justicia de la UE por una sentencia de su Tribunal Supremo que permite la ejecución de un laudo arbitral que concede ayudas estatales ilegales (9 febrero 2022)

La Comisión ha decidido llevar al Reino Unido ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con una sentencia de su Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2020 que permite la ejecución de un laudo arbitral que ordena a Rumanía pagar una indemnización a los inversores, a pesar de que una decisión de la Comisión ha concluyó que la compensación infringía las normas sobre ayudas estatales de la UE.

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La Comisión lleva a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por una transposición incompleta de la legislación de la UE sobre protección radiológica (9 febrero 2022)

La Comisión ha decidido el 9 de febrero de 2022 llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea debido a que no ha transpuesto plenamente la Directiva revisada sobre normas de seguridad básicas (Directiva 2013/59/Euratom del Consejo).

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La UE inicia un procedimiento contra China ante la OMC para defender su sector de la alta tecnología (18 febrero 2022)

La Unión Europea ha iniciado, mediante una solicitud de 18 de febrero de 2022 un procedimiento contra China ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) para impedir que las empresas de la UE recurran a un tribunal extranjero para proteger y utilizar sus patentes.

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Posición adoptada por la Unión Europea en el Consejo Administrativo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) (14 marzo 2022)

El DO L 89 de 17.3.2022 publica la Decisión (UE) 2022/438 del Consejo de 14 de marzo de 2022 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo Administrativo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

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Charles Michel reelegido presidente del Consejo Europeo (24 marzo 2022)

El Consejo Europeo ha reelegido el 24 de marzo de 2022 a Charles Michel como su presidente para un segundo mandato de dos años y medio de duración, del 1 de junio de 2022 al 30 de noviembre de 2024. También se le ha nombrado de nuevo presidente de la Cumbre del Euro para el mismo período.

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Decisión de Ejecución (UE) 2022/500 de la Comisión de 25 de marzo de 2022 por la que se determina que la agresión militar de Rusia contra Ucrania es un acontecimiento excepcional que genera una perturbación significativa de los mercados (25 marzo 2022)

De acuerdo con la presente Decisión (DO L 101 de 29.3.2022), a efectos del art. 26, ap. 2, del Reglamento (UE) 2021/1139, la agresión militar de Rusia contra Ucrania iniciada el 24 de febrero de 2022 se considera como un acontecimiento excepcional que genera una perturbación significativa de los mercados. Los gastos cuya ayuda se autorice en virtud de la presente Decisión serán subvencionables si se realizan entre el 24 de febrero y el 31 de diciembre de 2022 y se abonan hasta el 31 de diciembre de 2029.

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Marco transatlántico de privacidad de datos (25 marzo 2022)

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La Audiencia Nacional pregunta al TJUE la pauta a seguir en las extradiciones de ciudadanos británicos a terceros países tras el Brexit (30 marzo 2022)

Según un comunicado del Consejo General del Poder Judicial de 30 de marzo de 2022, la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha suspendido la tramitación de la extradición de un ciudadano británico reclamado por Estados Unidos y ha acordado plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial sobre las pautas a seguir tras el Brexit, en los casos de extradiciones de británicos reclamados por terceros países.

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Green Deal: Nuevas propuestas para hacer que los productos sostenibles sean la norma e impulsar la independencia de recursos de Europa (30 marzo 2021)

La Comisión ha presentado el 30 de marzo de 2022 un paquete de propuestas del Pacto Verde Europeo para hacer que los productos sostenibles sean la norma en la UE, impulsar modelos comerciales circulares y capacitar a los consumidores para la transición ecológica. Junto con esta propuesta, la Comisión también ha adoptado un Plan de Trabajo de Ecodiseño y Etiquetado Energético 2022-2024 para cubrir nuevos productos relacionados con la energía, actualizar y aumentar la ambición para los productos que ya están regulados, como medida transitoria hasta que el nuevo reglamento entre en vigor.

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