martes, 6 de febrero de 2024

Las ventas en corto en el mercado de valores; El nuevo «pleito testigo» laboral

Si no visualizas correctamente este e-mail, consulta la versión online

LA LEY

Newsletter de diariolaley.es

7 de febrero de 2024

Diario La Ley

Podcast

Noticias LA LEY te ofrece sus podcast, actualizados a diario, para que puedas estar puntualmente informado de la actualidad jurídica

Todos los días podrás escuchar los contenidos que hemos preparado con las noticias más destacadas.

(enlace)

Opinión

Tribuna

Foto cubierta
Las ventas en corto en el mercado de valores: el caso Grifols

Pedro Moreno Brenes

Letrado del Tribunal Supremo (orden contencioso-administrativo)

Se analiza la imputación que Gotham City Researchun realizó a Grifols (empresa fundada en Barcelona y dedicada al desarrollo de medicamentos). Se desarrolla las ventas en corto en el mercado de valores y su posible uso, siempre que estas se realicen con transparencia y sin usos torticeros y artificiales que alteren los precios de los valores en perjuicio de los especuladores.

(Acceso suscriptores)

Tribuna

Foto cubierta
El nuevo pleito testigo laboral, ¿hacia una Justicia más ágil y eficaz?

Maria del Carmen López Hormeño

Magistrada del Juzgado de lo Social n.o 31 de Madrid

El recientemente publicado RDL 6/2023 incorpora a las jurisdicciones laboral y civil el llamado «pleito testigo» y la denominada «extensión de efectos», dos figuras procesales que ya estaban previstas en la jurisdicción contenciosa. El presente artículo estudia cada una de dichas figuras en el ámbito laboral con el objetivo de, una vez analizados sus requisitos, corroborar si efectivamente son válidas para alcanzar la finalidad perseguida por el legislador: «dotar de mayor celeridad a los pleitos, sin merma alguna de las garantías procesales, ni derechos de las partes».

(enlace)

Comentarios de Jurisprudencia

Foto cubierta
Diferencia de trato por razón de edad en materia de empleo a propósito de la Sentencia del TJUE de 7 de diciembre de 2023. Asunto C-518/22

Antonio Carrasco Valladolid

Profesor Tutor de Derecho Civil en la UNED

Tras la promulgación de la Directiva 2000/78 del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, el TJUE ha tenido la ocasión de pronunciarse en múltiples ocasiones acerca de la justificación de la diferencia de trato por razón de edad, exigiendo que tal excepción esté justificada objetiva y razonablemente, en el marco de una finalidad legítima. La reciente sentencia del TJUE en el asunto C-518/22, viene a resolver esta cuestión en los casos en los que se produce una colisión entre el principio de igualdad y los derechos de las personas con discapacidad.

(Acceso suscriptores)

Ciberderecho

Foto cubierta
En 2023 se batió el record de sanciones impuestas en la UE por infracciones del RGPD, con un total de 1.780 millones de euros

La autoridad de protección de datos de Irlanda acumula el mayor número de procedimientos y la multa de mayor importe impuesta hasta ahora en una única sanción, con los 1.200 millones de euros a Meta. Las redes sociales y las grandes tecnológicas siguen siendo el principal objetivo de las multas récord en todos los países encuestados, con una de cada diez de las mayores multas emitidas desde el 25 de mayo de 2018 impuestas a empresas de este sector.

(enlace)

La sentencia del día

Foto cubierta
Desahucio de hijo mayor de edad que ocupa una habitación en la vivienda de su padre

El uso de la vivienda meramente tolerado o consentido puede cesar en cualquier momento por la libre decisión del propietario de la misma.

(enlace)

Sentencias y resoluciones

Foto cubierta
Condena de un empleado por vulnerar el honor del director de recursos humanos al acusarle sin pruebas de acoso y discriminación en una carta dirigida a la empresa

Se proyecta la idea de que el demandante es una persona violenta, insultante, amenazante y discriminatoria del demandado no sólo por su condición de trabajador sino también por su discapacidad.

(Acceso suscriptores)

Foto cubierta
El deudor tributario condenado penalmente no puede repetir sobre los condenados solidariamente la indemnización abonada a la Hacienda Tributaria

El demandante era el único obligado a pagar la deuda tributaria, por lo que le correspondía una cuota del 100% y, por tanto, nada puede reclamar frente al resto de condenados solidarios, a los que ninguna cuota les correspondía asumir al no ser deudores tributarios.

(Acceso suscriptores)

Foto cubierta
La AN confirma la multa de 6 millones de euros al BBVA por incumplir el Código de Buenas Prácticas

La adhesión voluntaria de la entidad de crédito al Código de Buenas Prácticas conlleva su sujeción a este sistema en relación con sus clientes, teniendo la obligación de informarles, de forma individualizada, por escrito, y dentro de plazo, sobre la posibilidad de acogerse a lo dispuesto en el Código, y a establecer medidas que permitan la reestructuración de la deuda hipotecaria.

(Acceso suscriptores)

Foto cubierta
El TC declara inconstitucionales y nulas determinadas medidas aprobadas por Real decreto ley 3/2016 para la tributación en el Impuesto sobre Sociedades

EL TC estima por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad y anula algunas de las medidas recogidas en el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, y lo hace reiterando su doctrina en el sentido de que un decreto-ley no puede alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria.

(Acceso suscriptores)

Doctrina Administrativa

Foto cubierta
A efectos de IAE una entidad dedicada al alquiler de viviendas tributa sólo por las efectivamente arrendadas

Las Tarifas del impuesto, clasifican en el epígrafe 861.1 de la sección primera la actividad empresarial de "Alquiler de viviendas", el cual comprende el alquiler, con o sin opción de compra, de toda clase de inmuebles destinados a vivienda (nota 1ª), cuya cuota de ámbito nacional consiste en el 0,10 por 100 del valor catastral asignado a todas las viviendas a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tributando por cuota cero aquellos sujetos pasivos cuyas cuotas sean inferiores a 601,01 euros (nota 2ª); la tributación por la referida rúbrica tendrá lugar por aquellas viviendas que se hallen efectivamente alquiladas.

(enlace)

Foto cubierta
Fiscalidad del alquiler de terrenos rústicos para proyectos de energías renovables y de su opción de compra

La DGT examina las operaciones indicadas a efectos de su tributación en IVA y Transmisiones patrimoniales.

(enlace)

Foto cubierta
Tributación en IRPF de la indemnización percibida por el fallecimiento de la madre consecuencia de una negligencia del personal de la residencia

No existe previsión legal respecto a la cuantía indemnizatoria ni tampoco ha sido establecida judicialmente, por lo que el perceptor de las cantidades deberá declararlas en la declaración de la Renta como ganancias patrimoniales.

(enlace)

Legislación

Foto cubierta
Convenio para la prestación del Servicio de Representación Procesal en centros penitenciarios de la provincia de Madrid

Queda excluido del ámbito de competencia del Servicio de Representación Procesal, la tramitación de asuntos en los que el interno ya tenga asignado un procurador, sin perjuicio de aquellas actuaciones que por la naturaleza de los hechos fuesen necesarias para evitar que el interesado pueda sufrir indefensión.

(enlace)

Unión Europea

Foto cubierta
La primera evaluación del Reglamento Frontex arroja una valoración global positiva a pesar de las dificultades

El pasado 2 de febrero, la Comisión adoptó la evaluación del Reglamento de la Guardia Europea de Fronteras y Costas (Reglamento Frontex) junto con un Plan de Acción para apoyar su implementación. Con esta primera evaluación del reglamento Frontex, que es una obligación legal, la Comisión ha evaluado el impacto, la eficacia y la eficiencia de Frontex.

(enlace)

Foto cubierta
No tiene derecho a compensación por gran retraso el pasajero que reserva un vuelo de sustitución y llega a destino con menos de 3 horas de demora

El derecho a compensación por gran retraso de vuelo previsto en el Reglamento 261/2004/CE está intrínsecamente ligado a la existencia de una pérdida de tiempo igual o superior a 3 horas. Dado que el pasajero llegó al destino final con menos de 3 horas de retraso con respecto a la hora de llegada inicialmente prevista por la aerolínea, no sufrió tal pérdida de tiempo y, por lo tanto, no puede beneficiarse de ese derecho.

(enlace)

Hoy es Noticia

Foto cubierta
Declaración institucional del Pleno del CGPJ aprobada por unanimidad

En relación con lo sucedido en la sesión plenaria del Congreso de los Diputados del pasado 30 de enero, en el marco del debate sobre el dictamen de la proposición de ley orgánica de amnistía, en la que los representantes de diversos grupos parlamentarios vertieron diversas acusaciones contra miembros de la Carrera Judicial.

(enlace)

Foto cubierta
El Gobierno quiere tener en cuenta la incidencia de las bajas laborales para anticipar la edad de jubilación

El objetivo es regular el procedimiento general para el establecimiento de coeficientes reductores a fin de anticipar la edad de jubilación en función de los requerimientos físicos o psíquicos exigidos para su desempeño, así experimenten un elevado índice de morbilidad o siniestralidad a partir de una determinada edad.

(enlace)

Foto cubierta
El Congreso debate una ley para asegurar un cajero automático por municipio o 5.000 habitantes

la ley tiene por finalidad garantizar el acceso a los servicios bancarios básicos mediante un servicio de cajero automático de proximidad, independientemente del municipio de residencia. La propuesta señala que el cajero debe garantizar una serie de operaciones mínimas y que los bancos asumirán los costes.

(enlace)

[Alt-Text]

LA LEY

Tel.: 91 602 01 82

www.laley.es

Síguenos en:

 

LA LEY LA LEY

 

(Acceso a X)

 

LA LEY LA LEY

 

LA LEY LA LEY

 

LA LEY LA LEY

 

Deseamos que este mensaje haya resultado de su interés. No obstante, si prefiere no recibir más comunicaciones de este tipo vía email, puede gestionar sus preferencias y/o darse de baja aquí.

Vd. podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad reconocidos en la normativa vigente, mediante escrito, junto con la acreditación de su identidad dirigiéndose a LA LEY Soluciones Legales, S.A., en la siguiente dirección: C/ Collado Mediano, número 9, CP: 28231, Las Rozas de Madrid, o bien a través de la siguiente dirección de correo electrónico: es-rgpd-laley@aranzadilaley.es estableciendo en el Asunto el derecho ejercitado.

Aviso legal | Política de privacidad | Política de cookies

LA LEY

No hay comentarios:

Publicar un comentario