lunes, 2 de enero de 2023

LA LEY Compliance Penal nº 11, octubre-diciembre 2022

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LA LEY

3 de enero de 2023

Diario La Ley

LA LEY Compliance Penal nº 11, octubre-diciembre 2022

Sumario

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Editorial

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y el cumplimiento normativo

Vicente Magro Servet

Magistrado del Tribunal Supremo

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Estudios

El asesor fiscal y su responsabilidad como autor de un delito fiscal vía art. 31 CP: ¿Es posible la admisión de una representación de hecho?

Mónica de la Cuerda Martín

Doctora en Derecho penal

El debate acerca de la responsabilidad penal del asesor fiscal ha sido objeto de importantes discusiones por doctrina y jurisprudencia. No obstante, antes de la entrada en escena de la responsabilidad de hecho se dibujaban unos límites meridianamente claros, según los cuales, estos profesionales tributarios serían considerados partícipes (normalmente cooperadores necesarios y cómplices) salvo que mediara un poder de representación, en cuyo caso, responderían en calidad de autores. Ahora bien, el reconocimiento de una responsabilidad de hecho según la cual es posible entender que el asesor fiscal es representante, aunque formalmente no lo sea, y su consecuente caracterización como autor ex art. 31 CP, han acabado con la tradicional distinción mencionada. Por consiguiente, el objeto principal de este trabajo es analizar no solo los elementos estructurales del art. 31 CP, sino trasladarlos al campo de los delitos tributarios con el fin de determinar cuándo sí y cuándo no es posible proceder a su aplicación, fijando, en todo caso, la admisibilidad de la mencionada representación de hecho.

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Sectores

La investigación interna, la colaboración con las autoridades y la reparación del daño como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica: una propuesta de modificación del art. 31 quáter

Dr. Íñigo de Ros Raventós

Consejero — Of Counsel en Cuatrecasas

Este artículo aborda la posibilidad de exonerar de responsabilidad penal a la persona jurídica en aquellos casos en los que la compañía, con carácter previo a que el procedimiento se dirija contra ella, haya investigado los hechos mediante una investigación interna, haya reparado el daño en la medida de lo posible, y haya colaborado con las autoridades para el esclarecimiento de los hechos y sus autores.

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Actualidad profesional

El valor de las certificaciones de adopción e implantación de políticas de compliance en la responsabilidad penal de las personas jurídicas

Elena Álvarez Fernández(1)

Abogada en DS OVSLAW

La implementación de los modelos de compliance es una realidad cada vez más evidente dentro del tejido empresarial de España. No obstante, la actual configuración del régimen de compliance en nuestro país cuenta con algunos talones de Aquiles, siendo objeto de análisis en el presente estudio dos de ellos que no dejan de estar correlacionados: su aún escasa popularidad entre las PYMES y; por otro lado, la «inseguridad» que asumen las empresas cuando se presenta ante ellas un modelo de adopción e implantación de compliance. Pueden haber invertido mucho tiempo, recursos económicos o compromiso social y, sin embargo, que la política diseñada e implementada adolezca de deficiencias que pueda llegar a causarles algún quebradero de cabeza en el futuro tanto desde una óptica penal como reputacional corporativa. De cara a solventar estos puntos débiles, el impulso de sistemas de certificación de compliance similares a los existentes en países como Chile puede ser una solución.

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Fiscalización de sistemas de compliance por el Tribunal de Cuentas

Anna Nuñez Miró(1)

Abogada Directora del Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, tras recibir y analizar el Informe de 2020 de fiscalización del grado de implementación de los modelos de prevención de delitos y de comportamientos contrarios a la ética en las sociedades mercantiles estatales en el ejercicio 2018, emitido por el Tribunal de Cuentas, acuerda asumir las conclusiones presentadas e instar al Gobierno de España la adopción de las recomendaciones planteadas en el Informe. Entre otras, las recomendaciones son relativas a aspectos como: la elaboración de un Código de Ética; la necesidad de informar sobre los canales de denuncias y disponer de procedimientos escritos para la tramitación y su funcionamiento; así como la promoción de acciones formativas sobre cultura ética y de cumplimiento.

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Combatiendo la desigualdad en la empresa con compliance de elevada calidad

Andrea Accuosto Suárez(1)

Abogada. Vocal de la Comisión de Mujeres Abogadas del ICAB. Vocal de la Sección de Compliance del ICAB

Desde la incorporación en nuestro Código Penal de la responsabilidad penal de la persona jurídica hasta el momento actual el mundo del compliance y la igualdad de género han pasado de la más absoluta distancia, a compartir varios espacios de actividad e interés. El análisis de la evolución de estos dos campos de la actividad de la empresa constituye un reflejo de la evolución de la realidad social y de sus riesgos jurídicos.

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La futura Autoridad Independiente de Protección del Informante y su reflejo en el derecho comparado

Emilio Zegrí de Olivar

Abogado Penalista

Este artículo pretende ofrecer un estudio sistematizado sobre la futura Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), institución de nuevo cuño inserta en el Proyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, por la que se transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Con esta reflexión también se tratará de acometer un análisis comparativo con distintas instituciones, de naturaleza similar, que ya se han implantado en jurisdicciones de nuestro entorno.

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En primera persona

Entrevista al Dr. Óscar Morales García

Anna Núñez Miró

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Tribunales

Sociedades unipersonales y responsabilidad penal de la persona jurídica: un claro bis in idem. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 747/2022, de 27 de julio

Gema Clarimón Escuder

Graduada en el Máster en Derecho Penal y Ciencias Penales por la Universidad de Barcelona y Universidad Pompeu Fabra. Estudiante del Máster en Abogacía en la BSM-UPF

Gerard Martínez Casimiro

Estudiante del Máster en Abogacía y del Máster en Derecho Penal Económico y Compliance en la BSM-UPF

El presente comentario trata de arrojar luz respecto a los fundamentos e implicaciones de la Sentencia del Tribunal Supremo 747/2022, de 27 de julio, cuyo pronunciamiento supone un gran paso en la discusión que atañe a la responsabilidad penal de las personas jurídicas de carácter unipersonal. Así, en las siguientes líneas se reflexionará acerca de la tensión del principio non bis in idem a la hora de valorar la doble penalidad de la persona física y de la sociedad unipersonal participada únicamente por éste. Para ello, se procederá a un análisis de los fundamentos del castigo de entes colectivos y los criterios de imputabilidad y levantamiento del velo respecto a la fenomenología societaria que puede encontrarse en la realidad observable, teniendo especial consideración de la sociedad unipersonal. Podrá encontrarse, además, una serie de consideraciones respecto a los efectos que esta resolución conlleva atendiendo a la lógica interna del sistema de los arts. 31 bis y siguientes así como a los efectos preventivos del conjunto de sociedades unipersonales del país.

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Sobre la aplicación jurisprudencial de consecuencias accesorias a la pena a personas jurídicas por la comisión de delitos contra los derechos de los trabajadores

Guillem Gómez i Casalta(1)

Abogado del Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal

Con anterioridad a la reforma del Código Penal que, en el año 2010, introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el ordenamiento jurídico español, existía la posibilidad de aplicar a los entes morales en cuyo seno se hubieran cometido determinados delitos las consecuencias accesorias a la pena establecidas en la anterior redacción del artículo 129 del Código Penal. Si bien, las consecuencias accesorias a la pena para personas jurídicas del antiguo artículo 129 del Código Penal devendrían obsoletas por motivo de la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, estas no fueron eliminadas. En este contexto, se modificó el artículo 129 del Código Penal, manteniendo las consecuencias accesorias a la pena únicamente para determinados entes organizados que no estuvieran dotados de personalidad jurídica y, en consecuencia, no pudieran ser sujetos destinatarios del artículo 31 bis del Código Penal. No obstante, la reforma del sistema de aplicación de las consecuencias accesorias a la pena del artículo 129 del Código Penal no se llevó a cabo en su totalidad. Por una razón u otra, la gran mayoría de preceptos que, mediante remisiones al artículo 129 del Código Penal, conforman el listado de delitos que pueden motivar la aplicación de consecuencias accesorias a la pena a entidades sin personalidad jurídica siguen haciendo referencia a personas jurídicas. Este anacronismo legislativo ha dejado abierta una doble vía de atribución de responsabilidad a las personas jurídicas que la jurisprudencia reciente ha utilizado para imponerles consecuencias accesorias a la pena del artículo 129 del Código Penal de forma contraria a la estricta redacción del citado precepto y por delitos que no figuran en el ámbito del artículo 31 bis del Código Penal. Los delitos que se han configurado como el principal exponente de la presente cuestión, en atención a que son propios de ámbitos empresariales, han sido los delitos contra los derechos de los trabajadores. Dichos delitos se incluyen en el ámbito de las consecuencias accesorias del artículo 129 del Código Penal mediante la remisión realizada por el artículo 318 del mismo Código. La presente cuestión se agrava al observar que la jurisprudencia, al no considerar las consecuencias accesorias a la pena del artículo 129 del Código Penal como sanciones penales en sentido propio sino, más bien, instrumentos jurídicos parecidos al decomiso, ha tendido (con algunas excepciones) a denegar la condición de acusada a las personas jurídicas a las cuales las mismas se fueran a aplicar. Finalmente, pese a que podrían plantearse diferentes soluciones a la presente controversia jurídica, destacando entre ellas la derogación tácita y parcial del artículo 318 del Código Penal (así como, posiblemente, de otros preceptos que delimitan el conjunto numerus clausus de delitos que pueden motivar la aplicación de consecuencias accesorias del artículo 129 del Código Penal), solamente una acción legislativa podría evitar causar otros efectos, también, posiblemente perjudiciales.

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Doctrina reciente del Tribunal Supremo afectante a responsabilidad penal de las personas jurídicas y a cumplimiento normativo en las empresas

Vicente Magro Servet

Magistrado del Tribunal Supremo

Actualización y análisis de sentencias recientes del Tribunal Supremo afectantes a compliance y a responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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Gráficos y cuadros con las sentencias de condena a empresas agrupadas por delito y su sanción

Wolters Kluwer

Se puede apreciar en los gráficos que los delitos contra la Hacienda Pública son los que más sentencias acumulan. Pero las multas más cuantiosas han sido por tráfico de drogas, seguidas de delitos contra la Hacienda, blanqueo de capitales y estafas.

Los gráficos se acompañan de los cuadros de los que se han extraído los datos, que recopilan las sentencias en las que las empresas han sido condenadas, agrupadas por delito, así como las sanciones impuestas.

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DIARIO LA LEY, 10200, de 3 de enero de 2023

TRIBUNA

La responsabilidad patrimonial del Estado por el tiempo indebido pasado en prisión preventiva en un país extranjero

Javier Nistal Burón

Jurista del Cuerpo Superior de Instituciones Penitenciarias

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Principios acusatorio e inquisitivo: análisis del desarrollo de la garantía de la imparcialidad judicial en el proceso penal

Nilson Dias de Assis Neto(1)

Juez del Tribunal de Justicia del Estado de Paraíba (Brasil)

Objetivamos analizar el desarrollo que posibilitó el establecimiento de las garantías del principio acusatorio en contraposición al sistema inquisitivo. En tal investigación, examinamos que el principio acusatorio surgió en Roma y fue preservado en Inglaterra, de donde volvió a influenciar la Europa Continental mas fuertemente por medio de la Revolución Francesa. Por su turno, el sistema inquisitivo se desarrolla a partir de la influencia del modelo de derecho eclesiástico en el continente. En conclusión, verificamos que el modelo de proceso penal acusatorio, caracterizado por la separación entre las funciones de acusar y juzgar, es garantía fundamental y humana para un juzgamiento con respeto al debido proceso legal y principalmente para la manutención de la imparcialidad judicial.

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TRIBUNA

La eficiencia de la justicia: medida, meta o discurso (II)

Juan Manuel Alcoceba Gil

Universidad Carlos III de Madrid

Potenciar la eficiencia del sistema judicial constituye, en la actualidad, uno de los principales objetivos de las instituciones públicas con competencias en la materia. Así se desprende claramente de las propuestas y recomendaciones realizadas por organismos internacionales como el Consejo de Europa y la Unión Europea. En la misma línea se sitúan las políticas adoptadas por las autoridades nacionales, de entre las que destaca el plan estratégico del Ministerio de Justicia conocido como Justicia 2030. Pero quizás, el ejemplo más claro de esta tendencia lo constituyen las denominadas «leyes de eficiencia», que, con el objetivo compartido de maximizar las capacidades productivas de nuestra Administración de Justicia, operan una serie de reformas organizativas, procesales y tecnológicas de notable calado sobre este servicio público. Conviene analizar sus principales líneas, puesto que estas propuestas normativas, actualmente en tramitación, suponen la concreción más reciente y directa de las políticas de la eficiencia aplicadas al ámbito de la justicia.

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LA SENTENCIA DEL DÍA

Un convenio no puede establecer plazos inferiores a 48 horas para los llamamientos de los fijos discontinuos

El Convenio en cuestión los denomina servicios sorpresivos, admitiendo con ello que los contratos fijos discontinuos se apliquen para la cobertura de incrementos imprevisibles de la actividad, lo que esta vetado por el ET.

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JURISPRUDENCIA

Condena a la comunidad de propietarios a indemnizar a su administrador por la resolución unilateral del contrato antes del plazo pactado

La comunidad no ha cumplido la carga de probar la existencia de "justa causa" excluyente de la pretensión indemnizatoria del actor, que ha dejado de percibir la retribución pactada por el periodo de tiempo establecido, lo que supone un perjuicio cierto y real.

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Rechazo de la responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia solicitada por vulneración de los derechos fundamentales de un menor con necesidades educativas especiales

Un Dictamen del Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, emitido en respuesta a la reclamación de los padres, que constata el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, carece de eficacia para anular la sentencia firme que rechaza la vulneración de los derechos fundamentales del menor por su escolarización en un centro de educación especial.

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Un empresario deberá pagar 30.000 € por humillar a un empleado

No podía dormir bien, tenía malestar gástrico, alimentación compulsiva y tristeza continua, es decir, todos los síntomas propios de un trastorno por estrés postraumático. Incluso llegó a solicitar la baja voluntaria en su empleo.

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El TACRC anula las cláusulas que imponen la obligación a los licitadores de abstenerse de realizar conductas que falseen la competencia

La configuración como obligaciones esenciales del contrato el no incurrir en causa de prohibición de contratar o la no realización de conductas que pudieran calificarse de anticompetitivas son nulas, por ser genéricas, abstractas y desvinculadas del objeto del contrato.

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BIBLIOTECA RECOMENDADA, obras seleccionadas que no pueden faltar en tu estantería

La inteligencia artificial en la relación entre los obligados y la Administración tributaria (Bernardo D. Olivares Olivares)

Se examinan los desafíos que representa el uso de la Inteligencia Artificial por parte de la Administración Tributaria, así como los riesgos de vulneración de derechos fundamentales.

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© LA LEY

domingo, 1 de enero de 2023

La tesis del art. 733 LeCrim.; Plazos procesales discrecionales y pérdida de derechos

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LA LEY

2 de enero de 2023

Diario La Ley

DOCTRINA

La tesis del artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Derogación tácita

Antonio Carlos García Ruiz

Graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas

En el presente trabajo se estudia la «tesis de desvinculación del órgano jurisdiccional» regulada en el artículo 733 de la LECrim. Así como la intervención de las partes a las que habrá de hacerles saber el planteamiento de la misma. También, se examinan los distintos supuestos para los que según la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional habrá de plantearse. Como afecta su planteamiento tanto al procedimiento como a la sentencia y su aplicación en el procedimiento abreviado.

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TRIBUNA

Plazos procesales discrecionales y pérdida de derechos

Mateo C. Juan Gómez

Socio Buades Legal

El derecho a la tutela judicial efectiva engloba no solamente el derecho de acceso a los tribunales, sino también, que éstos tramiten el procedimiento, vehiculando la pretensión por los cauces legalmente establecidos. De esta suerte, la inclusión, por parte del Juez o del Letrado de la Administración de Justicia, de plazos no contemplados en las normas, cuando se anude a los mismos efectos preclusivos severos, bien puede acarrear una lesión al referido derecho fundamental.

En el presente trabajo pretendemos exponer un abanico de preceptos y antecedentes judiciales que puedan servir a la parte que se vea condicionada o perjudicada por un plazo discrecional, cuando se interprete el mismo como una renuncia tácita.

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Freno jurisprudencial a la vis expansiva del denominado «complemento de ex alto cargo» (sobre la STS de 14 de julio de 2022)

Eugenio Arribas López

Doctor en Derecho. Diplomado Superior en Criminología

Desde la publicación de un primer comentario, situado en un contexto de culmen expansivo del complemento retributivo de ex alto cargo, se ha podido percibir una positiva evolución restrictiva que ha alcanzado un importante hito con la STS de 14 de julio de 2022, ya que, hasta entonces, el Alto Tribunal no se había pronunciado sobre el particular. En esa favorable evolución, determinantes han sido también las modificaciones normativas llevadas a cabo en la legislación autonómica, limitativas de aquella retribución complementaria, a las que también se alude en este trabajo.

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LA SENTENCIA DEL DÍA

Privación del permiso de conducir: el acusado fue sorprendido conduciendo el último día de cumplimiento de la condena

Cualquier persona que carece de permiso de conducir, porque aún no se le ha devuelto y no lo lleva consigo, es conocedora de que no puede conducir un vehículo a motor ni siquiera escasos metros.

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JURISPRUDENCIA

Lesiones sufridas por una enferma de Alzheimer en el accidente de circulación en el que se vio implicada la furgoneta que la trasladaba

La furgoneta tuvo que realizar una brusca frenada para evitar el atropello de una menor que atravesó por lugar indebido la avenida. Una de las ocupantes cayó al suelo del vehículo desde la silla de ruedas, resultando lesionada. No consta que los enfermos ocupantes de la furgoneta fueran asegurados con algún mecanismo de retención o cinturón de seguridad anclado al vehículo.

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Anulada una multa impuesta al portal inmobiliario Idealista por publicar un anuncio discriminatorio

Como prestador de Servicios de la Sociedad de la Información, de alojamiento de datos, está exento de responsabilidad y de las obligaciones generales de supervisión.

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Despido nulo de trabajador que ha demostrado que la razón fue su edad

Los datos de plantilla de los años 2017, 2018 y 2019, no dejan lugar a dudas, y evidencian que los trabajadores mayores de 50 años suponían entre un 11% y un 13% del total de empleados y sin embargo soportaban en mayor porcentaje de despidos.

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Cómputo del tiempo de prisión provisional cumplido en trámite de ejecución de una extradición

El TC declara que se debe computar el tiempo de privación de libertad cumplido en Colombia mientras se espera la ejecución de extradición a España. Considera que se vulnera el derecho a la libertad personal del recurrente por la extensión de facto de la medida cautelar de privación provisional de libertad sin haberse acordado expresamente la prórroga prevista en el art. 504.2 LECrim.

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PROCURADORES

La CNMC inicia un expediente sancionador contra el Consejo General de los Procuradores de los Tribunales

El CGPT habría elaborado documentos con los honorarios que deberían percibir los miembros del propio Consejo y los colegios de procuradores adheridos por prestar sus servicios en subastas extrajudiciales.

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LETRADOS AUTONÓMICOS

Gran éxito de afluencia en el IV Congreso del Consejo Superior de Letrados autonómicos

Más de 200 asistentes se dieron cita los pasados 10 y 11 de noviembre en la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando para debatir y reflexionar entorno a la protección del patrimonio histórico, artístico y cultural.

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ACTUALIDAD LEGISLATIVA

España aprueba la primera ley de Startups de la Unión Europea

Ainoa Iriarte Ibargüen

Con esta nueva Ley el Gobierno adapta el marco aplicable a las especificidades de las startups, en el ámbito administrativo, fiscal, civil y mercantil, con el fin de apoyarlas a lo largo de su ciclo de vida, en particular, en sus primeras etapas.

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Incentivos fiscales en renta y sociedades para las startups

La Ley 28/2022, establece que las empresas emergentes tributarán por un tipo inferior y podrán aplazar la deuda en el Impuesto sobre Sociedades; los extranjeros que inviertan en ellas no necesitarán NIE; tendrán mayores deducciones y exenciones por stock options en IRPF; regula el tratamiento fiscal de la retribución obtenida por la gestión exitosa de entidades de capital-riesgo; mejora el régimen fiscal para los trabajadores extranjeros en España; establece nuevas obligaciones de información acerca del impuesto sobre sociedades y modifica plazos de duración en acontecimientos de interés público.

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ACCESO A DATOS MÉDICOS

El TS anula condena a un hombre al acceder Guardia Civil sin autorización judicial a datos médicos utilizados en investigación

La Sala de lo Penal ha acordado la absolución por falta de pruebas de un hombre condenado a 9 años de prisión por delitos de robo y lesiones al considerar que la Guardia Civil accedió, sin su consentimiento y sin autorización judicial, a datos médicos, de donde extrajo la identidad y el número de teléfono que permitió vincularlo con los hechos por los que fue condenado.

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

La venta de abonos de sillas y palcos para presenciar las procesiones de Semana Santa no siempre tributa por IVA

El TEAC fija un criterio sobre la tributación en el IVA de la venta de abonos de sillas y tribunas, tributación que dependerá de si sólo pueden contemplar tales desfiles quienes pagan por ello o si puede hacerlo todo el que quiera.

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NOTICIAS

El Constitucional da el visto bueno a los magistrados propuestos por el Gobierno y el CGPJ

El siguiente paso es que juren o prometan su cargo ante el Rey y que tomen posesión en el tribunal.

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Trabajo destaca un 2022 de transformación del mercado de trabajo, gracias a la reforma laboral

Ha puesto en valor que se haya alcanzado el récord de personas asalariadas, que suman 17,4 millones, y de mujeres trabajando, que ya son más de 9,4 millones.

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El Consejo de Estado advirtió al Gobierno de las repercusiones económicas "muy relevantes" del RD de envases

Entre los principales impactos, apunta que puede tener efectos en el precio de los productos y generar nuevas cargas para los envasadores y productores, riesgos de implementación que, en su opinión, deben ser ponderados conjuntamente con las ventajas que se anuncian.

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Al menos seis CCAA mantendrán el descuento del 50% en transporte, Madrid lo ampliará al 60% y otras cuatro tienen dudas

Esta medida supondrá una inversión diferente por parte de los Gobiernos autonómicos, que tienen que asumir el 20% de la bonificación si quieren acogerse a esta medida recogida en el último decreto anticrisis aprobado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

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