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LA LEY PROBÁTICA Nº 3, enero-marzo 2021 |
Editorial Frederic Munné Abogado. Doctor en Derecho | |
Tribuna |
El robustecimiento de la prueba informática tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil Guillermo Ormazabal Sánchez Catedrático de Derecho Procesal El Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo la Ley 6/2020, que ha reformado varios preceptos de la LEC, han propiciado una importante revalorización o potenciación de la prueba mediante documentos electrónicos al conferir a los sellos y firmas electrónicas, así como a los sellos de tiempo electrónicos y a los certificados electrónicos de envío o recepción de datos ciertas presunciones de autenticidad, exactitud e integridad, siempre que cumplan ciertos requisitos. | |
El Reglamento E-evidence: instrumento adicional a la Orden europea de investigación Elena Laro-González Contratada Predoctoral (FPI) Este trabajo analiza las actuales iniciativas europeas sobre la prueba electrónica, concretamente las órdenes europeas de entrega y conservación con la finalidad de obtener y asegurar datos electrónicos a los efectos de investigación o enjuiciamiento. | |
En primera persona |
María Eugenia Alegret Burgués «In personam» «La función judicial requiere de una actitud proactiva de servicio para ser útil a la sociedad y satisfactoria para quien la ejerce» | |
In memoriam al profesor Michele Taruffo | |
Practica forense |
Pericial tributaria: intereses de demora que percibe el contribuyente por una devolución de ingresos indebidos José Carlos Ojeda Vicente Profesor Mercantil. Economista. Auditor de Cuentas. Experto Contable Judicial A colación de la STS N.o 1651/2020, de 3 de diciembre de 2020, que trata de la sujeción o no al IRPF de los intereses de demora que percibe el contribuyente por una devolución de ingresos indebidos, la Sala Tercera del Tribunal Supremo rompe con el asentado criterio de los Tribunales Superiores de Justicia, que lo consideraban una ganancia patrimonial y como tal sujeta al IRPF, y falla que los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos no están sujetos al IRPF. | |
La defensa del honor, los elementos de prueba tecnológica y las trabas reales Selva Orejon Lozano Perito judicial. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universitat Ramon Llull, Diplomada en Business Organization and Environment, University of Cambridge, e Inteligencia al Servicio del Estado y la Empresa. Mario Bonacho Caballero Abogado. Responsable de las áreas de Defensa de Reputación Corporativa y de Delitos contra la Intimidad en AVERUM Abogados, firma especialista en la defensa del honor de celebridades y empresas. El concepto de derecho al honor va ligado a dos aspectos según reiterada jurisprudencia: el inmanente y el trascendente. Ante un escenario digital o tradicional en el que quede afectado el honor de una persona física o jurídica, para sobreponer el daño que causa el ataque a su prestigio, es preciso valorar con la técnica adecuada la vía legal a iniciar para restituir el honor del afectado (p. ej. el archivo del proceso en fase de instrucción). |
Dosier de probatica |
La valoración de la prueba: un estudio de derecho comparado Juan Antonio Andino López Abogado La libre valoración de la prueba por parte del juez o del jurado resulta un denominador común en la mayoría de sistemas legales, con alguna reminiscencia a la valoración legal de la prueba. No obstante, a dicha conclusión se llega por diferentes caminos: la libre valoración de la prueba con base a las alegaciones de las partes en derecho continental, y la también libre valoración de la prueba que el juez decide que sea examinada por los miembros del jurado en el sistema norteamericano. | |
Jurisprudencia de derecho probatorio |
Reflexiones sobre los requisitos para la entrada y el registro policial en un domicilio. A propósito de la STS N.o 590 de 11 de noviembre de 2020 Manuel Richard González Profesor Titular de Derecho Procesal UPNA El art. 18.2 CE reconoce los supuestos de consentimiento, flagrancia y orden judicial como supuestos comunes enervadores del derecho a la inviolabilidad domiciliaria que autorizan a la policía a la entrada y registro en un domicilio. Sin embargo, se trata de tres supuestos de distinto fundamento que atienden a diferentes necesidades y que deben ser tratados de diferente forma. Especialmente necesario resulta atender a la insuficiencia del consentimiento para habilitar a la policía para el registro domiciliario, que requiere siempre una orden judicial. | |
Analisis jurisprudencial |
Novedades jurisprudenciales en materia de probática y derecho probatorio Manuel Richard González Doctor en Derecho. Profesor Titular de Derecho Procesal en la Universidad Pública de Navarra | |
Actualidad profesional |
La ficta confessio en el ámbito del juicio verbal. ¿Es necesaria la citación expresa de la parte? Luis Rodríguez Pitarque Abogado En el Juicio Verbal el momento procesal oportuno para proponer la prueba de interrogatorio de parte es en el propio acto de la vista. No obstante el artículo 440.1 LEC faculta a las partes para que, en el plazo de los cinco días siguientes a la recepción de la citación para la vista, indiquen las personas que, no poder presentar ellas mismas, han de ser citadas a la vista para que declaren en calidad de parte, testigos o peritos. Analizaremos si es preceptiva la citación expresa de la parte a los efectos de poder solicitar que se tenga por confeso al litigante que no ha comparecido. | |
Pasatiempos probatorios |
Sopa de letras probática Enrique de Madrid Dávila Detective Privado Esta sección propondrá al lector en cada número distintos pasatiempos a modo de actividades lúdicas, aunque no por ello de menor interés académico y práctico. Clique dos veces sobre la imagen y guarde o imprima el pasatiempo que le proponemos o sus soluciones. | |
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DIARIO LA LEY, 9802, de 3 de marzo de 2021 |
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DOCTRINA |
El saldo compensatorio de las concesiones de autopista ¿inmovilizado intangible o activo financiero? La STS de 26 de enero de 2021 Alberto Palomar Olmeda Profesor Titular (Acred) de Derecho Administrativo. Magistrado (EV) Se plantea en el presente trabajo la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en relación con la forma de contabilización del saldo de compensación en el marco de las concesiones de autopistas. La disputa conceptual se situaba entre considerarlo como un inmovilizado intangible con valoración económica o un activo financiero. La posición del Tribunal superior de Justicia de Madrid fue la de considerar esto último mientras que el Tribunal Supremo se alinea con la doctrina inicial de inmovilizado intangible. La vinculación al carácter temporalmente diferido del derecho deja abierta la interpretación futura. | |
TRIBUNA |
Soluciones prácticas a los problemas del arrendamiento financiero en el concurso M.ª José Cabrera Pedrero Carlos Perelló Yanes Los arrendamientos Financieros o Leasing generan muchos problemas dentro del concurso tanto en la comunicación por parte del arrendador como en su clasificación por parte del Administrador Concursal y finalmente, y más importante, sobre su resolución tanto en Fase Común como en Fase de Liquidación. En este artículo nos centramos en un caso típico, muy habitual, de Leasing Inmobiliario, sin sinalagma funcional, bien no necesario y donde el arrendatario ha incumplido tanto las cuotas anteriores como posteriores a la declaración de concurso. ¿Qué debe hacer el arrendador y qué puede hacer? ¿Cómo debe responder el Administrador Concursal? La actual normativa, creemos, no siempre resulta justa para los intereses del concurso y proponemos ideas innovadoras y alternativas que podrían utilizarse en este tipo de contratos para equilibrar los intereses en juego tanto para el arrendador como para el resto de acreedores concursales. | |
Del preocupante fenomeno de la ocupación ilegal al peligroso escenario de la «reocupación» Ignacio López Chocarro Procurador de los Tribunales Los actuales mecanismos legales de los que disponemos en nuestro ordenamiento jurídico, bien por su deficiente aplicación, bien por sucesivas reformas que poco a poco vacían de contenido anteriores medidas legales, nos están llevando a una situación en la que incluso para los Jueces les resulta difícil saber cuál es la respuesta legal adecuada, con lo que se demuestra que esos mecanismos son del todo insuficientes para responder eficazmente a este problema de la ocupación ilegal que ahora ya, traspasando sus límites, puede llegar a convertirse en “reocupación ilegal”. | |
LA LEY INSOLVENCIA |
Primer encuentro online GRATUITO de LA LEY Insolvencia: «Problemas prácticos de la liquidación concursal» Los Magistrados Alfonso Muñoz Paredes y Nuria Fachal Noguer junto con el abogado y administrador concursal Juan Jesús Menéndez Álvarez abordarán las cuestiones que se suscitan, de orden eminentemente práctico, en las liquidaciones concursales. Durante el acto tendrá lugar la presentación de la nueva revista de Wolters Kluwer, LA LEY Insolvencia. | |
LA SENTENCIA DEL DÍA |
El Supremo ratifica la doctrina que exige como garantía la visita de comprobación del perito de la Administración al inmueble que se deba valorar El reconocimiento por el perito de la Administración, - de modo personal y directo-, es una garantía indispensable de que se tasa realmente el bien concreto, y no una especie de bien abstracto, común o genérico. | |
JURISPRUDENCIA |
El conductor no responde de las lesiones sufridas por una persona que se abalanzó sobre el vehículo para impedir que saliese del recinto de un hospital La demandante, junto a otras personas, estaba tratando de impedir que el conductor se marchase sujetando su vehículo, cercándolo por los lados y por detrás. Las lesiones fueron causadas por su participación voluntaria en el abalanzamiento sobre el automóvil. | |
Obligación del arrendador de reducir a la mitad la renta del alquiler a causa de la pandemia provocada por el Covid-19 Aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. Alteración extraordinaria e imprevisible de los elementos tenidos en cuenta al firmar el contrato. Perjuicio grave para el arrendatario. | |
Se anula la sanción impuesta por desobediencia a la autoridad por no respetar las medidas de confinamiento en base a la falta de tipicidad No es posible equiparar la necesaria orden del agente de la autoridad a los mandatos y prohibiciones contenidos en el RD 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, sin que la omisión de sus cumplimientos equivalga a la desobediencia a un mandato u orden dictado por autoridad en los términos en que la ley de protección de la seguridad ciudadana contempla. |
Despido colectivo y cómputo de las extinciones tras la aclaración del TJUE a España sobre el periodo a tener en cuenta El Magistrado que ahora resuelve fue el que planteó la cuestión prejudicial al TJUE, que sin fisuras declaró que se deben computar las extinciones anteriores o posteriores dentro del total periodo de 30 o 90 días. | |
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