viernes, 31 de julio de 2020

Especial Diario La Ley Unión Europea nº 83, julio 2020

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LA LEY Wolters Kluwer

31 de julio de 2020

Diario La Ley

NOTA DE LA REDACCIÓN

Hoy en nuestra portada lo más destacado del Especial Diario La Ley Unión Europea nº 83, julio 2020

Finalizado el mes de julio, el Diario La Ley, como es habitual, cede su espacio al Especial de la Unión Europea, publicado en la revista digital Smarteca. Pueden acceder al sumario completo de la revista del mes. Les recordamos que durante el mes de agosto las newsletters serán semanales. Les deseamos unas felices vacaciones.

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TRIBUNA

La negociación de las relaciones futuras entre el Reino Unido y la Unión Europea

Carlos Górriz López

Profesor titular de Derecho mercantil

El Reino Unido y la Unión Europea están negociando cómo serán sus relaciones futuras, tras la retirada del primero de la organización internacional y la entrada en vigor del Acuerdo de salida. Aunque cabían otras interpretaciones, la Unión impuso su exégesis del art. 50 TUE de que los dos acuerdos debían ser sucesivos. Inicialmente había múltiples alternativas sobre la configuración de su relación, pero las partes han consensuado que se tratará de un acuerdo de libre comercio. También pactaron una Declaración política a finales de octubre del 2019, que debería ser el paradigma del pacto final. Sin embargo, las negociaciones evidencian que existen varias discrepancias importantes, como la utilización del Acuerdo Económico y Comercial Global con Canadá como referente, la lealtad en la competencia, la pesca, la cooperación judicial y policial en materia penal, así como la interpretación y aplicación del acuerdo.

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El Reino Unido y el Convenio de Lugano

Rafael Arenas García

Catedrático de Derecho internacional privado

En este trabajo se analiza la situación que se producirá a partir del 1 de enero de 2021, cuando el Reglamento 1215/2012 deje de aplicarse en el RU y respecto al RU en los Estados miembros de la UE. Las dificultades que plantearía para el RU su exclusión del espacio judicial común europeo explican que el gobierno británico haya solicitado su adhesión al Convenio de Lugano de 2007; ahora bien, es previsible que esta adhesión se enfrente a ciertas dificultades, pudiendo condicionarse la aceptación de adhesión por parte de la UE a que el RU decida asumir una participación relevante en el mercado interior, a que se encuentren mecanismos que permitan garantizar una interpretación uniforme del Convenio y a una revisión del mismo que ajuste su contenido al del Reglamento 1215/2012.

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DOCTRINA

La movilidad intra–europea de las mujeres extranjeras irregulares víctimas de la violencia intrafamiliar: carencia de igualdad de género en la normativa de la Unión Europea

Carmen Ruiz Sutil

Profesora titular de Derecho internacional privado de la Universidad de Granada

La existencia de instrumentos europeos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales, entre los que se encuentra la Orden Europea de Protección y el Certificado civil, hace plantearnos si la extranjera víctima de violencia de género y sus hijos e hijas tienen limitaciones para efectuar la movilidad intra-europea entre los distintos Estados miembros. Para garantizar la aplicación coherente de la legislación de la UE vincularemos diversas normativas en materia civil, penal y de Derecho internacional privado, como el texto de Refundición de Reglamento de Bruselas II bis, que afectan a las extranjeras y a su prole en escenarios de violencia de género.

Asimismo, según el compromiso de la UE relativo al refuerzo de los derechos y de la protección de las víctimas de violencia de género y de sus hijos e hijas, pondremos de relieve la necesidad de emprender una iniciativa que se vea concretada en una normativa europea sobre un estatuto armonizado de residencia legal para dichas extranjeras, que a su vez facilite el acceso seguro a una movilidad intra-europea.

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Derechos de residencia derivados: balance de la jurisprudencia del TJUE de la última década en los albores de la actual

Diana Marín Consarnau

Profesora agregada (contratado doctor) de Derecho internacional privado

El objeto de este estudio es realizar un balance de la secuencia de la casuística a la que se ha tenido que enfrentar el TJUE en el período 2010-2020, en relación con los supuestos que no están cubiertos directamente por la Directiva 2004/38/CE y los retos relacionados que afectan al Derecho de extranjería interno. Más allá del Brexit, es innegable el papel de primera línea de las Immigration European Economic Area Regulations en la construcción del entramado de derechos de residencia derivados articulados por la protección que emana de los arts. 20 y 21 TFUE, y, que, tras la STJUE en el asunto Bajratari, puede impactar en supuestos de pérdida del estatuto de ciudadanía como consecuencia de la pérdida de la nacionalidad de un Estado miembro, relacionado con las problemáticas en torno a ciudadanos de la Unión menores de edad y la residencia de sus progenitores. También, destacamos la STJUE en el asunto RH, que pone en evidencia las dificultades que supone para un EM la regulación de la reagrupación familiar de sus propios nacionales, máxime si esta regulación supone una mera «reproducción» de la norma de transposición

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La quiebra del derecho de limitación de responsabilidad en los Convenios OMI ¿Interpretación unificada de las reglas de la prueba o revisión del régimen de limitación?

José M. Alcántara González

Arbitro marítimo y Consultor

El presente trabajo aborda una propuesta de un sector representativo del interés del beneficio de la limitación de responsabilidad en los Convenios de la OMI, ya cursada y puesta en la agenda de su Comité Jurídico, destinada a obtener unos cambios suficientes en el actual régimen de los Convenios LLMC/76/96 y CLC/FUND/92 que evite en el futuro fallos judiciales como el del caso «Prestige» y garanticen mediante tales cambios una interpretación uniforme en todos los Estados parte de los Convenios de la OMI. En ambos Convenios Internacionales rige un patrón que permite al propietario del buque limitar su responsabilidad en todo caso a menos que se pruebe «que el perjuicio fue ocasionado por una acción u omisión suyas y que incurrió en estas con la intención de causar ese perjuicio o temerariamente y a sabiendas de que probablemente se originaría tal perjuicio». Dicho patrón es extendido en beneficio del Asegurador de Responsabilidad Civil quien, si se ejercitase la acción directa prevista en el Convenio CLC/92, el SNP/96 y el BUNKERS/2001, podría hacer uso del mismo derecho de limitación de su asegurado de forma incuestionable. A lo largo del trabajo se analiza la perspectiva histórica y se desvelan las dudas y problemas que aguardan a una propuesta que pretende alterar el «package deal» imperante en el orden marítimo internacional durante los últimos 40 años.

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SENTENCIAS SELECCIONADAS

Particularidades en torno a la regulación del derecho a vacaciones en el derecho social comunitario: a propósito de la pionera sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 25 junio 2020

José Luis Monereo Pérez

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Belén del Mar López Insua

Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

A pesar de los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el derecho a unas vacaciones anuales retribuidas —en cuanto «derecho social» o «principio» de Derecho social comunitario— constituye base de una acalorada disputa jurisprudencial en orden a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. El alcance de este derecho y su posibilidad de compensación económica son sólo algunas de las cuestiones, que no las únicas, que se estudian en la emblemática sentencia del TJUE de 25 junio 2020.

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¿Pueden las personas trabajadoras reclamar el derecho al disfrute de los permisos retribuidos en días laborables cuando el hecho causante se produce durante el descanso semanal o anual retribuido a la luz de la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea?

José Luis Monereo Pérez

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Sara Guindo Morales

Contratada Postdoctoral

El propósito de este trabajo de investigación es el análisis de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de fecha 4 de junio de 2020 —asunto C-588/18— que resuelve una petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional de Madrid y que tiene por objeto la interpretación de los arts. 5 y 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de noviembre de 2003 relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo. Lo anterior, en un caso entre una serie de organizaciones sindicales —la Federación de Trabajadores Independientes de Comercio (FETICO), la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FESMC-UGT) y la Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO)— contra el Grupo de Empresas DIA, S.A. y Twins Alimentación S.A., en relación con unos conflictos colectivos de trabajo sobre las condiciones de aplicación de los permisos retribuidos que se contemplan en el art. 46 del Convenio colectivo del grupo de empresas DÍA S.A. y Twins Alimentación S.A., de fecha 13 de julio de 2016.

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JURISPRUDENCIA

Permisos retribuidos que permiten ausentarse del trabajo para atender a necesidades y obligaciones determinadas

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que no se aplica a una normativa nacional que no permite a los trabajadores reclamar el disfrute de los permisos retribuidos que contempla esta normativa en días en los que estos trabajadores deben trabajar cuando las necesidades y obligaciones para las que están previstos estos permisos retribuidos se produzcan durante los períodos de descanso semanal o de vacaciones anuales retribuidas contemplados en estos artículos.

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El comportamiento conflictivo de un pasajero aéreo puede constituir una «circunstancia extraordinaria» que permite al transportista quedar eximido de la obligación de compensar

El comportamiento conflictivo de un pasajero aéreo puede constituir una «circunstancia extraordinaria» que permite al transportista quedar eximido de la obligación de compensar por la cancelación o el gran retraso del vuelo de que se trate o de un vuelo siguiente operado por el propio transportista con la misma aeronave No obstante, como parte de las medidas razonables que debe adoptar a fin de quedar eximido de la obligación de compensación, el transportista aéreo ha de garantizar a los pasajeros lo antes posible un transporte alternativo mediante otros vuelos directos o con escala que puedan operar otras compañías aéreas.

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Competencia judicial en relación con un título, declarado ejecutivo, por el que se reconoce la existencia de un crédito de alimentos

El Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos, debe interpretarse en el sentido de que está comprendida en su ámbito de aplicación, así como en el de la competencia internacional de los órganos jurisdiccionales del Estado miembro de ejecución, una demanda de oposición a la ejecución presentada por el deudor de un crédito de alimentos, frente a la ejecución de una resolución dictada por un órgano jurisdiccional del Estado miembro de origen y mediante la que se declara la existencia de dicho crédito, que está estrechamente vinculada al procedimiento de ejecución.

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Derecho a vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas en el período comprendido entre el despido y la readmisión a un trabajador ilícitamente

Un trabajador tiene derecho, en relación con el período comprendido entre su despido ilegal y la readmisión en su antiguo puesto de trabajo, a las vacaciones anuales retribuidas o, al término de su relación laboral, a una compensación en sustitución de esas vacaciones no disfrutadas. Cuando el trabajador haya ocupado un nuevo puesto de trabajo durante ese período, el derecho correspondiente al período durante el cual haya ocupado ese puesto de trabajo únicamente podrá ser exigido frente al nuevo empleador.

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Elementos que deben tomarse en consideración para la adopción de una decisión de expulsión contra un residente de larga duración

El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que establece la expulsión de todo nacional de un tercer país titular de un permiso de residencia de larga duración que haya cometido un delito sancionable con una pena privativa de libertad de al menos un año, sin que sea necesario examinar si ese nacional de un tercer país representa una amenaza real y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública ni tener en cuenta la duración de la residencia de dicho nacional en el territorio de ese Estado miembro, su edad, las consecuencias de la expulsión para él y para los miembros de su familia, y sus vínculos con el Estado miembro de residencia o la falta de vínculos con su país de origen.

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ACTUALIDAD UE

Requisitos mínimos de la UE para impulsar la reutilización de agua para riego agrícola

El DO de 5 de junio de 2020 publica el Reglamento (UE) 2020/741 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de mayo de 2020 relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua. Su finalidad es garantizar que las aguas regeneradas sean seguras para el riego agrícola, y de esta forma asegurar un alto nivel de protección del medio ambiente y de la salud humana y la sanidad animal, promover la economía circular, apoyar la adaptación al cambio climático, y contribuir a los objetivos de la Directiva 2000/60/CE al hacer frente a la escasez de agua y a la consiguiente presión sobre los recursos hídricos de manera coordinada en toda la Unión, contribuyendo así además al funcionamiento eficaz del mercado interior.

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Uso internacional del euro ampliamente estable en 2019

La decimonovena revisión anual del papel internacional del euro publicada por el BCE 9 de junio de 2020 presenta una visión general de la evolución en el uso del euro por parte de los residentes no pertenecientes a la zona del euro.

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Orientaciones de la Comisión para una reanudación gradual y coordinada de la tramitación de visados

El DO de 12 de junio de 2020 publica una Comunicación de la Comisión sobre «Orientaciones para una reanudación gradual y coordinada de la tramitación de visados (2020/C 197 I/01)». La Comisión está preparada para apoyar a los Estados miembros en este empeño, que permitirá, si se gestiona adecuadamente, reanudar sin complicaciones los viajes, los negocios, el turismo y los contactos interpersonales internacionales esenciales para nuestro modo de vida europeo, controlando al mismo tiempo los riesgos para la salud en toda la medida de lo posible.

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«Re-open EU»: La Comisión puso en marcha el 15 de junio de 2020 un sitio web para reanudar de manera segura los viajes y el turismo en la Unión Europea

La Comisión ha puesto en marcha el 15 de junio de 2020 «Re-open EU», una plataforma web para apoyar la reanudación en seguridad de los viajes y el turismo en Europa. Ofrecerá información en tiempo real sobre las fronteras y los medios de transporte y servicios turísticos disponibles en los Estados miembros. La plataforma incluirá también información práctica facilitada por los Estados miembros en relación con las restricciones de viaje, las medidas de salud pública y de seguridad, como el distanciamiento físico o el uso de mascarillas, así como otras informaciones útiles sobre las ofertas turísticas a nivel nacional y de la Unión. Esto permitirá a los europeos tomar decisiones responsables y bien informadas sobre cómo gestionar los riesgos persistentes relacionados con el coronavirus cuando planifiquen sus vacaciones y viajes durante este verano y más adelante.

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Conclusiones del Consejo sobre la configuración del futuro digital de Europa

El DO de 16 de junio de 2020 publica las Conclusiones del Consejo sobre la configuración del futuro digital de Europa donde se resalta la importancia de las tecnologías digitales en la transformación de la economía y la sociedad europeas, en particular como medio para lograr una UE climáticamente neutra de aquí a 2050 —como se subraya en el Pacto Verde Europeo— y con objeto de crear puestos de trabajo, impulsar la formación y las nuevas capacidades digitales, mejorar la competitividad y la innovación, promover el bien común y fomentar una mejor integración de los ciudadanos.

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La Comisión Europea pone en marcha una importante revisión de la política comercial de la UE

La Comisión Europea ha iniciado el 16 de abril una importante revisión de la política comercial de la Unión Europea, incluida una consulta pública en la que se solicita información al Parlamento Europeo, los Estados miembros, las partes interesadas y la sociedad civil. El objetivo es crear un consenso en torno a una nueva orientación a medio plazo para la política comercial de la Unión, que responda a una serie de nuevos retos mundiales y tenga en cuenta las lecciones aprendidas en la crisis del coronavirus.

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