domingo, 1 de agosto de 2021

Especial Diario La Ley Verano: Todo Civil y Mercantil

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LA LEY Wolters Kluwer

2 de agosto de 2021

Diario La Ley

FORMACIÓN

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NOTA DE LA REDACCIÓN

Edición especial del Diario LA LEY en período vacacional

Ya es agosto, momento en que muchos profesionales jurídicos toman unas merecidas vacaciones. Durante estas semanas, el Diario La Ley ha preparado ediciones semanales, temáticas, con lo más destacado que ha ido publicándose en la revista en lo que llevamos de año. Si no tuvo tiempo de leer aquello que le interesaba, ahora es el momento. Les recordamos que durante este mes las Newsletters serán semanales, y no diarias como es habitual. Por otra parte, se suspenden los podcast de noticias diarias, que se retomarán en septiembre.

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FAMILIA Y MENORES

Relaciones postconvivenciales. Hijos menores, manipulación psicológica y alienación parental

José Domingo Monforte

Abogado

Se reflexiona sobre la manipulación negativa de los hijos en las relaciones postconvivenciales y acerca del tratamiento jurisprudencial de la alienación parental, a la luz de la doctrina emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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Negativa del padre a que los hijos utilicen el móvil para relacionarse con la madre durante las estancias con él

No solo no resulta perjudicial sino que es aconsejable dada la actitud impositiva y manipuladora que se aprecia en la madre.

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El TC estima el amparo de una mujer al no motivar el Supremo el interés superior del menor en un caso de cambio en el orden de sus apellidos

Falta de motivación de la sentencia. Proceso de filiación en el que se declaró la paternidad del demandado y se impusieron a la menor como primer apellido el del padre y como segundo el de la madre.

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Derecho de los progenitores a mantener contacto con los hijos sujetos a tutela o guarda administrativa y consecuencias de la falta de asentimiento en su adopción

Adrián Jesús Gómez Linacero

Letrado de la Administración de Justicia

La Sentencia analizada, dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, órgano judicial del Consejo de Europa, del que forma parte España, condena a nuestro país por vulneración del art. 8 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 1950, al haber impedido a la madre biológica de un hijo tutelado por la Administración mantener comunicación con éste, conculcando el derecho al respeto a la vida privada y familiar, excluyendo asimismo la debida intervención de la recurrente en el procedimiento de adopción seguido posteriormente ante las autoridades españolas y quebrantando el principio de retorno familiar inherente a toda institución de protección administrativa del menor. Se plantea, como punto central, en la meritada Sentencia, el derecho de la madre, una vez asumida la guarda o tutela por el Estado, a continuar manteniendo algún tipo de vínculo con su hijo biológico, con el inevitable conflicto que comporta dicho ejercicio en algunos supuestos para con la familia adoptiva, partiendo siempre del superior interés del menor y, como punto relevante, aunque en segundo plano, las consecuencias de la falta del preceptivo asentimiento de aquélla en el correspondiente expediente de adopción.

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Algunas precisiones acerca del concepto de familia

José Francisco Escudero Moratalla

Secretario Coordinador Provincial de Girona

Mercè Ferrer Adroher

Gestora Procesal de la Administración de Justicia

Analizan los autores el concepto de familia, los diversos tipos de familia que han existido a lo largo de la historia, la traslación que hace el Derecho romano a nuestros ordenamientos modernos de la concepción de la "patria potestad" y la consideración de la familia como elemento esencial para la civilización humana.

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¿Debe imponerse a los hijos adolescentes un régimen de visitas que no desean?

¿Qué ocurre cuando los hijos adolescentes no quieren atender al régimen de visitas? ¿Es posible obligarles coactivamente a su cumplimiento, tal cual se estipuló en convenio o en sentencia, o tienen capacidad de decisión al respecto? Les ofrecemos algunas respuestas que han dado los tribunales sobre el tema.

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PROPIEDAD HORIZONTAL Y ARRENDAMIENTOS URBANOS

Nueva regulación sobre la celebración de Juntas de Propietarios telemáticas

Alejandro Fuentes-Lojo Rius

Socio de Fuentes Lojo Abogados

Análisis crítico sobre las medidas legales aprobadas en materia de propiedad horizontal por el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

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A vueltas con la naturaleza del derecho del arrendatario. Una reflexión a raíz de la crisis de la Covid-19 y la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos

Antonio García García

Abogado. Asociado Senior en Pérez-Llorca

Tradicionalmente, en España ha sido mayoritaria la tesis que sitúa el derecho del arrendatario como un derecho personal frente al arrendador, en lugar de como un derecho real sobre el inmueble objeto del arrendamiento. Los principales argumentos de esta teoría han sido, en primer lugar, que el derecho del arrendatario depende de que el arrendador le mantenga en el goce pacífico del inmueble y, en segundo lugar, la inoponibilidad del arrendamiento frente a terceros. Sin embargo, las últimas resoluciones judiciales recaídas en el marco del debate sobre la moderación de las rentas de locales comerciales, unidas a la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos en 2019, nos obligan a replantearnos cuál es la verdadera naturaleza del derecho del arrendatario.

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XXII tesis sobre la suspensión del juicio de desahucio en el Real Decreto Ley 37/2020

Ángel Carrasco Perera

Faustino Javier Cordón Moreno

Catedráticos de Derecho. Consejeros en GA-P.

Veintidós propuestas interpretativas sobre la suspensión de desahucios regulados ahora por los artículos 1 y 1 bis de los reales decretos leyes 35/2020 y 11/2021.

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Rebus sic stantibus y alquileres de locales de negocio o de industria

Javier López y García de la Serrana(1)

Presidente de Hispajuris Abogados

La crisis provocada por la COVID-19 ha afectado sobremanera a los locales de negocio, siendo unánime la calificación de la misma como un fenómeno sobrevenido, imprevisible y extraordinario, requisitos necesarios para la aplicación de la doctrina «rebus sic stantibus». Pero para ver hasta qué grado está siendo de aplicación dicha doctrina, se hace imprescindible estudiar los distintos Autos y Sentencias que sobre el particular se han dictado hasta la fecha, en los que se ha resuelto sobre posibles suspensiones o reducciones del pago de la renta en tanto continúe la situación actual.

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ABOGADOS Y EJERCICIO PROFESIONAL

Publicado el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española

Incorpora una detallada regulación de las relaciones con los clientes, respecto de los que se reconoce el derecho a una información adecuada y la garantía de un servicio de atención a consumidores y usuarios. En cuanto al modo de ejercicio de la profesión, se aborda tanto en forma societaria como no societaria, con disposiciones específicas respecto de las sociedades profesionales y multidisciplinares y la prestación de servicios jurídicos en línea o a través de internet. Reconoce como principios rectores y valores superiores los de independencia, libertad, dignidad e integridad, así como el respeto del secreto profesional y la reclamación directa al Consejo General del Poder Judicial.

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Anulado un juicio porque el abogado tuvo que aislarse ante el posible positivo por Covid de su esposa antes del confinamiento

La Audiencia Provincial de Valencia declara la nulidad de las actuaciones, y obliga a las partes a celebrar de nuevo el juicio. El letrado no pudo acudir pues su esposa fue ingresada en el hospital por posible positivo de COVID-19. Aunque el juicio se celebró antes de la declaración del estado de alarma, ya se estaban tomando medidas de prevención de contagios.

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Lexnet y los escritos presentados en Oficina Judicial equivocada. Remedios y consecuencias conforme a la jurisprudencia ordinaria y constitucional

Alfredo Martínez Guerrero

Letrado de la Administración de Justicia

Sucinto repaso a los inicios de Lexnet, sus diversos usuarios y la implantación progresiva del sistema. Seguido de unos comentarios, de más calado, a un problema frecuente en la utilización de esta plataforma para la realización de actos de comunicación en la Administración de Justicia: la presentación en una Oficina Judicial errónea de escritos o recursos. Las actuaciones a realizar por las partes y las oficinas judiciales concernidas, para no vulnerar el derecho a la tutela judicial de los ciudadanos, a la luz de lo resuelto por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional.

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Nuevo Reglamento de asistencia jurídica gratuita: tabla de correspondencias

Tabla de correspondencias entre el Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, y el derogado Real Decreto 996/2003, de 25 de julio.

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La presentación telemática de escritos en la oficina judicial y las notificaciones: análisis de las vías de remisión

Antonio J. Jiménez Hurtado

Jaime Font de Mora Rullán

Letrados de la Administración de Justicia

En el presente artículo se exponen en primer lugar quiénes están obligados a comunicarse a través de medios electrónicos con la Administración de Justicia y quiénes de forma voluntaria, analizando la problemática que se plantea en estos casos. Analizando a continuación las vías de remisión que existen (sede judicial electrónica, fax, correo electrónico, SMS y ¿Whatsapp?) para concluir con el estudio de las notificaciones electrónicas y los límites que ha puesto el TC para el primer emplazamiento personal en esos casos. En definitiva, se abordan los nuevos retos que asume la Administración de Justicia en plena sociedad de la información y la comunicación del siglo XXI y además en medio de la tormenta de pandemia del Covid-19 y de las fake news.

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INSOLVENCIA Y MOROSIDAD

Nuevas soluciones para la insolvencia post Covid-19 (1)

María Teresa Vázquez

Magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil Número 9 de Madrid

Comentario a las medidas propuestas por los jueces de lo Mercantil de Madrid que persiguen generar confianza en el proceso de venta de unidad productiva proyectada por el deudor, para su aprobación después en el procedimiento concursal a través del procedimiento que se establece en el art. 530 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

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«Hablemos de viabilidad empresarial en los tiempos que corren; hablemos del Pre-Pack concursal»

Ignacio Esmorís

Abogado ONTIER

A nadie le es ajena la dramática situación en la que nos ha situado la pandemia provocada por el Covid-19. El virus ha calado hondo no solo en nuestra salud física y mental, sino también en nuestra salud económica y financiera. La pandemia nos está golpeando, y nos golpeará hasta que la consigamos vencer, por lo que, no cabe duda, debemos estar informados y equipados con las mejores herramientas para darle batalla. Es por ello que, en el plano económico y empresarial, este humilde artículo pretende informar sobre vías y alternativas que nuestro ordenamiento jurídico otorga a todos los sujetos para evitar la quiebra y liquidación de su negocio, así como las negativas consecuencias que de ello se desprenden.

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Alfonso Muñoz Paredes y Nuria Fachal comentan la tramitación preferente del concurso consecutivo

Este vídeo forma parte de una conversación entre los magistrados Alfonso Muñoz Paredes y Nuria Fachal Noguer, director y directora adjunta, respectivamente, de LA LEY Insolvencia, sobre las medidas aprobadas por el Gobierno, mediante RD-ley 5/21, en apoyo de la solvencia empresarial, vigentes hasta 31 de diciembre de 2021. En concreto, en este fragmento conversan sobre la tramitación preferente del concurso consecutivo.

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La sucesión de empresa y la competencia magnética del juez del concurso

Alfonso Muñoz Paredes

Magistrado

En este nuevo episodio de Cuestiones de Práctica Concursal, Alfonso Muñoz Paredes se detiene en la conversión del juez del concurso en "el único competente para declarar la existencia de sucesión de empresa" (art. 221 TRLC) y la limitación del efecto de sucesión de empresa respecto de los créditos laborales y de Seguridad Social a los trabajadores en cuyos contratos quede subrogado el adquirente (art. 224.3º TRLC). Esta "transfusión normativa" está generando polémica. Para entenderla, el autor analiza, con su habitual e ingenioso paralelismo literario, las vicisitudes normativas y jurisprudenciales de la sucesión de empresa en el concurso, el juego de la incomunicabilidad entre jurisdicciones de la cosa juzgada, y cita las primeras voces de juzgados de lo Social que se alzan ya contra la literalidad de los citados preceptos de TRLC.

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Decálogo del nuevo marco europeo para la reestructuración empresarial ante la megacrisis del Covid 19: la Directiva (UE) 2019/11203 sobre reestructuración e insolvencia

Alberto J. Tapia Hermida

Catedrático de Derecho Mercantil. UCM

Este artículo expone en forma de decálogo los principios del nuevo marco europeo para la reestructuración empresarial ante la megacrisis del COVID 19 establecido por la Directiva (UE) 2019/11203 sobre reestructuración e insolvencia, destacando su utilidad como mecanismo para facilitar la ejecución del instrumento de recuperación de la Unión Europea tras la crisis de la COVID-19 («Next Generation EU»).

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CLÁUSULAS ABUSIVAS Y CONSUMIDORES

El Supremo se pronuncia sobre la imposición de las costas en las demandas por usura de los contratos revolving

No cabe imponer las costas al banco si hay dudas de derecho y el consumidor ha ganado finalmente el pleito. Según señala el Tribunal Supremo, una acción que se basa exclusivamente en la Ley Azcárate no está incluida en el ámbito del Derecho de la UE, y por tanto no tiene el mismo tratamiento que las acciones sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores.

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El TS resuelve que los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, incumben al banco

Ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pacto que impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabe negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula que se ha declarado abusiva.

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Producto defectuoso. Responsabilidad del distribuidor. Productor aparente o por confusión o abuso de la personalidad jurídica

José Domingo Monforte

Abogado. DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados.

Salvo que se aplique la excepción de responsabilidad por sustitución del fabricante al distribuidor por incumplir u omitir su obligación de identificación, la responsabilidad es exclusivamente del fabricante del producto defectuoso. Siendo un avispero procesal de alto riesgo, la acción de responsabilidad frente al distribuidor por abuso o confusión de la personalidad jurídica, por la aplicación restrictiva de la técnica del «levantamiento del velo» o por su llamada bajo la condición de «aparente productor» requiere de la prueba de su efectiva implicación en las funciones o roles propios del fabricante.

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PROCESAL

Plazos sustantivos, medios telemáticos y presentación de la demanda en el «día de gracia» ex. art. 135.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Francisco Álvarez Hernández

Abogado. Asociado Senior en Andersen

Supuesto en que el último día para el ejercicio de una acción (sujeto a plazo sustantivo) recae en un día considerado inhábil a efectos procesales. A juicio del autor, pese a la rotundidad de las afirmaciones vertidas en la SAP Zaragoza que se analiza, la cuestión ha sido objeto de numerosas Sentencias del Tribunal Supremo cuya doctrina no parece haberse superado por la implantación de medios telemáticos en la Administración de Justicia tras la reforma de la LEC por la Ley 42/2015.

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Modificaciones en el proceso de ejecución por la Ley de eficiencia procesal del servicio público de justicia (actualmente en anteproyecto): cuestiones de relevancia práctica

M.ª José Achón Bruñén

Doctora en Derecho Procesal

En el presente artículo se analiza la repercusión práctica de las importantes reformas que se introducen en el proceso de ejecución civil por la Ley de eficiencia procesal del servicio público de justicia, actualmente en Anteproyecto.

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Legitimación del avalista para oponerse al despacho de ejecución de una garantía real

Antonio Fraga Mandián

Magistrado

En estas breves líneas se somete a consideración la, creemos, interesante cuestión de la posibilidad de que un avalista o fiador pueda formular oposición al despacho de ejecución que tiene como título una garantía real, pese a no tener propiamente la condición de ejecutado. Y además, de admitir esta oposición, se razona sobre el ámbito de la misma. Para el análisis se acude al juego combinado de los arts. 685.5 de la LEC (necesidad de notificación de la demanda ejecutiva inicial) y 579 de la propia LEC (que recoge la facultad del ejecutante para proseguir la vía ejecutiva ordinaria tras la ejecución de la garantía, si ésta ha sido insuficiente para satisfacer su crédito).

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REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA

Pasado, presente y futuro de la Ley Hipotecaria

Pilar Palazón Valentín

Registradora de la Propiedad

La Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1861 cumple 160 años. Ello no quiere decir que haya permanecido inalterada desde su aprobación, pero tanto la institución que regula, el sistema que diseña y los principios que la inspiran, han sabido adaptarse a las necesidades y circunstancias cambiantes a lo largo de más de siglo y medio de vigencia sin que haya sido preciso realizar una reforma profunda de la misma. Por algo será.

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LAUDOS ARBITRALES

El Tribunal Constitucional se pronuncia sobre el concepto de orden público como motivo de anulación del laudo arbitral y el deber de motivación de los laudos

Pedro Ruiz Sánchez

Abogado. Doctorando en la Universidad de Alcalá de Henares

La reciente Sentencia del Tribunal Constitucional de 15 de febrero de 2021 ha realizado algunas aclaraciones sobre el concepto de orden público como motivo de anulación del laudo en el arbitraje español y sobre el deber de motivación de los laudos. Esta Sentencia refuerza la figura del arbitraje en España como un sistema de resolución de conflictos que asegura obtener una resolución razonada y susceptible de ejecución.

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BIBLIOTECA RECOMENDADA, obras seleccionadas que no pueden faltar en tu estantería

Traumatismos cervicales leves derivados de los accidentes de tráfico (Miguel Ángel de Dios de Dios)

Estudio monográfico sobre el síndrome del latigazo cervical, derivado de los accidentes de circulación que trata con rigurosidad los aspectos relacionados con esta lesión leve, siendo su caldo de cultivo las colisiones urbanas a baja velocidad.

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Rebus sic stantibus, extensión de efectos y cosa juzgada (Sonia Calaza López)

En este libro se estudia la inserción, en nuestra frágil Justicia pandémica, de nuevas herramientas procesales, auténticos inhibidores de la litigiosidad, dinamizadores de la resolución frente a la discordia y restauradores de la paz social.

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Criptoactivos. Retos y desafíos normativos (Moisés Barrio Andrés)

Los criptoactivos representan un producto financiero muy relevante y con fuerte crecimiento. Su objetivo es transformar la forma en que se transfiere el dinero, se recauda capital y se conciertan las relaciones entre personas físicas y jurídicas.

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Comunidades de propietarios (Colección ¿Qué hay que saber sobre...?)

Wolters Kluwer

Analiza todos aquellos aspectos importantes que debemos tratar dentro de una propiedad horizontal. Dirigido a un público amplio siguiendo la línea de la «Colección ¿Qué hay que saber sobre...?», la cual tiene como objetivo enfocar las cuestiones desde el punto de vista del que se enfrenta al problema, introduciendo de forma fácil y amena temas jurídicos, pero al mismo tiempo, presentes en nuestra sociedad y que nos afectan directamente.

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