lunes, 16 de octubre de 2023

Especial LA LEY Mediación y Arbitraje nº 16

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LA LEY

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17 de octubre de 2023

Diario La Ley

Podcast

Noticias LA LEY te ofrece sus podcast, actualizados a diario, para que puedas estar puntualmente informado de la actualidad jurídica

Todos los días podrás escuchar los contenidos que hemos preparado con las noticias más destacadas.

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Casación civil

Exclusivo lectores del Diario LA LEY
Concluye el ciclo «Trilogía casacional» con un último webinar dedicado al «interés casacional»

Bajo la Dirección de Sonia Calaza López (Catedrática de Derecho Procesal de la UNED) y José Ramón García Vicente (Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Salamanca y Letrado del Gabinete Técnico de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo), y de la mano de Magistrados del Gabinete Técnico de esta misma Sala del Alto Tribunal y los más expertos Catedráticos de Derecho Procesal, en este ciclo de webinars, se analiza el «nuevo» recurso de casación civil surgido tras la reforma del Real Decreto Ley 5/2023. En el video adjunto puedes ver algunas de las intervenciones más destacadas de los dos primeros webinars ya celebrados.

(Documento con vídeo)

Planes de Reestructuración

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Los nuevos Planes de Reestructuración: un año de aplicación práctica

Juana Pulgar Ezquerra

Catedrático Derecho Mercantil UCM

Transcurrido un año desde la entrada en vigor de la reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal por la Ley 16/2022 para la transposición a nuestro derecho de la Directiva UE 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, el objeto de este trabajo es realizar una primera valoración de lo que ha supuesto la aplicación en la práctica de los nuevos planes de reestructuración regulados en el libro II. Para ello, se identifican aquellas cuestiones no reguladas en el TRLC o reguladas insuficientemente y la interpretación que las audiencias y jueces de lo mercantil han hecho hasta ahora en sus resoluciones de estas cuestiones (desarrollo judicial del derecho).

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LA LEY Mediación y Arbitraje nº 16

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Sumario Revista LA LEY Mediación y Arbitraje

Diario LA LEY les ofrece hoy una selección de contenidos del último número de la Revista especializada LA LEY Mediación y Arbitraje. Una visión teórico-práctica y un enfoque profesional, al ámbito de la justicia alternativa, con especial atención a este modo de resolución de conflictos. Accede aquí al sumario.

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Tribuna

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La ley de eficiencia procesal, de nuevo en la sala de espera

Pascual Ortuño Muñoz

Magistrado jubilado de la Audiencia de Barcelona, Fue director de la Escuela Judicial española y director general de Derecho Privado de la Generalitat de Cataluña(*)

El colapso de la administración de justicia ya es evidente. El proyecto de ley de eficiencia procesal ha quedado frustrado una vez más. Es una norma necesaria porque garantizará el marco jurídico en el que se incardinan los MASC. Pero las profesiones jurídicas, y en especial los colegios de la abogacía, no pueden quedar a la esperara otros dos o tres años más. El derecho comparado pone de manifiesto que las buenas prácticas no se garantizan con más leyes ni con más recursos, sino con la voluntad decidida de los profesionales de cumplir el papel en la sociedad con el mayor grado de excelencia y de sentido de la responsabilidad. Ya tenemos instrumentos legales en vigor sobre el arbitraje y de mediación. El reto es que los incorporemos ya a nuestra actividad profesional.

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Inteligencia artificial en el mundo del Derecho: nuevas razones para escoger la alternativa del arbitraje

Carlos Valls(*)

MCiArb, Socio de Giró Martínez

En el presente artículo se enuncia en primer lugar las posibilidades que se debaten actualmente sobre lo que puede llegar a conseguir la inteligencia artificial en el ámbito de la justicia, revisa a continuación los argumentos sobre algunos de sus límites concebibles actualmente, así como sus riesgos, y finaliza con una breve referencia al papel que puede desempeñar el arbitraje, como alternativa a los Tribunales, en lo que juzgo una oportunidad magnífica para incrementar su relevancia en el futuro de la resolución de disputas.

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La incorporación de la inteligencia artificial en el arbitraje internacional. Un camino largo, pero no tortuoso

Ricardo Vásquez Urra

Socio Fundador Vásquez Urra Abogados. Abogado Universidad de Chile, LL.M. The University of Sydney, Australia

Matías Monardes González

Egresado de Derecho de la Universidad de Chile

El mundo del arbitraje se encuentra en un momento de reflexión y cambio, referido al nuevo contexto de uso de nuevas tecnologías y la abrupta aparición de la Inteligencia Artificial en el mundo legal, propiciado por los «Chat bots» que distintas empresas han desarrollado y puesto a disposición del público, tales como ChatGPT. El arbitraje internacional como método de resolución de disputas está constantemente desarrollándose y evolucionando para buscar maneras más eficientes y efectivas que permitan resolver los conflictos jurídicos que las partes someten a conocimiento de distintos tribunales arbitrales. El uso y fomento de nuevas tecnologías como la Inteligencia Artificial no es excepción, debido a su enorme potencial para la resolución de diferencias comerciales de carácter transfronterizo, tanto para los tribunales arbitrales como para las partes. El auge del «ODR» (Online Dispute Resolution) es un buen ejemplo del creciente uso y reconocimiento de los beneficios que la tecnología puede tener en los procedimientos arbitrales. Este artículo explora el debate que genera el uso de estas nuevas tecnologías, que puede ayudar a la comunidad arbitral a dar un paso importante en su desarrollo, y tener un impacto positivo en la percepción del arbitraje como el principal método alternativo de solución de disputas comerciales internacionales.

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La acción de anulación del laudo arbitral visto desde la abogacía

David Jurado

Socio de Euroforo Arasa de Miquel, Advocats. Barcelona

Recientemente tuve la oportunidad de participar en una conferencia organizada por las secciones de Derecho procesal y de arbitraje del Colegio de Abogados de nuestra ciudad y en la que también intervino el presidente del Tribunal Arbitral de Barcelona, conferencia que fue configurada como una sesión práctica sobre la acción de anulación del Laudo arbitral con una visión tanto desde la judicatura como desde la abogacía. Por si pudiera resultar de interés me permito reproducir aquí las principales ideas expuestas por mi parte y que constituyen algunas reflexiones y recomendaciones para todo abogado que se enfrente ante una acción de anulación de Laudo arbitral.

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La resolución de los conflictos «en» blockchain o cuando el código es la ley: el difícil reto desde la justicia penal(1)

Jordi Gimeno Beviá

Profesor Doctor de Derecho Procesal UNED

La tecnología Blockchain (cadena de bloques, en español) y sus funcionalidades —p.ej. criptomonedas, tokens o Smart contracts—, paulatinamente van calando en nuestra sociedad. Ante ello, es conveniente conocer cuáles son o pueden ser los potenciales conflictos que pueden surgir en esta red y si nuestra jurisdicción está capacitada para su resolución. No es cuestión baladí, pues Blockchain parte de la ausencia de regulación bajo el lema code is law (el código es la ley) por lo que se huye de cualquier tipo de autoridad central y de un tercero en la resolución de conflictos (heterocomposición). Así las cosas, habrá que plantearse cómo se podrán resolver los conflictos en entornos descentralizados y si la justicia penal, ante este reto, puede amparar soluciones autocompositivas como acontece en otras jurisdicciones.

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Abogacía colaborativa, hacia una abogacía transformadora

Anabel García Hernando

Abogada colaborativa y mediadora familiar

En un mundo legal en constante evolución, la abogacía colaborativa emerge como un punto de referencia en la de innovación de la práctica legal. El enfoque colaborativo no solo fomenta la comunicación y el entendimiento entre las partes en disputa, sino que también promueve soluciones duraderas y más satisfactorias, no solo agiliza los procesos legales, sino que también reduce la carga en los tribunales y los costes asociados. Esta visión moderna del ejercicio del derecho puede impulsar un cambio positivo en la percepción de la justicia. En un mundo donde la innovación es esencial, la práctica colaborativa se presenta como una herramienta poderosa que permite a los abogados liderar la transformación hacia un sistema legal más efectivo y humano.

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Estudios

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Replanteando el arbitraje de inversión

Rolf Knieper

Doctor Iuris, Professor of Law at the University of Bremen/Germany

La solución de disputas entre inversores y Estados continúa aumentando a pesar del criticismo de los países que ya han abandonado el sistema. Debido a esta compleja situación, corresponde replantear el arbitraje de inversiones, invitando a los Estados a desempeñar un papel más activo en los procedimientos. Entre las alternativas propuestas, se encuentra la de crear un organismo permanente para resolver las disputas de inversión. Es necesario realizar una distinción entre el arbitraje comercial y el de inversiones en el contexto del replanteamiento de este último.

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Doctrina del Tribunal Constitucional sobre anulación de laudos y votos particulares discrepantes desde el Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Javier Jiménez-Ugarte

Counsel en «Lupicinio ILF

El autor examina los procesos de impugnación de laudos arbitrales ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid durante el denominado «quinquenio aciago». Recuerda su aprendizaje sobre esta cuestión de continua actualidad por los numerosos laudos anulados en interpretaciones heterodoxas sobre las causales previstas en el artículo 41.1 de la Ley de Arbitraje. A continuación, analiza las Sentencias del Tribunal Constitucional número 46/2020 y 17/2021 que han clarificado la doctrina del Alto Órgano, y que fueron elogiosamente recibidas en la Comunidad Arbitral. Añade referencias a las dos ulteriores sentencias coincidentes, números 55/2021 y 65/2021. A continuación, examina de qué manera el TSJM ha ejecutado lo decidido en amparo por el TC, en unas primeras resoluciones de 2021 y en las tres primeras sentencias del 2023, a las que añade la 17/2023 sobre el caso Aquamed que le permite analizar más extensamente la posición actual del TSJM y la del Magistrado autor de múltiples votos particulares discrepantes, Jesús María Santos Vijande. Su conclusión es que la situación actual sigue siendo mejorable.

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El valor jurídico del arbitrio de tercero. Una aproximación desde el Derecho español e inglés

Pedro Tent Alonso

Socio responsable del Departamento de Resolución de Conflictos: litigación y arbitraje de J&A Garrigues, S.L.P. (Valencia)(*)

La caracterización del denominado arbitrio de tercero (expert determination en la terminología inglesa) plantea cuestiones de gran sutileza que implican algunos de los principios críticos del Derecho contractual. El presente ensayo, a través de la sistemática contraposición de la jurisprudencia española e inglesa, trata de ofrecer una aproximación certera al funcionamiento jurídico de esta figura.

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La interpretación del contrato de arbitraje o convenio arbitral

Gorka Goenechea

Doctor en Derecho, abogado, árbitro

Parte de la jurisprudencia interpreta el convenio arbitral con prevención; como si de algo extraño o excepcional se tratara. En este trabajo hemos intentado profundizar en la cuestión y ver si esto resulta justificado. Para ello, en primer lugar, hemos analizado los supuestos en que distintos actores jurídicos y desde distintos prismas se ven en la necesidad de interpretar el convenio arbitral. En segundo lugar, hemos repasado los criterios interpretativos de este contrato. No hemos encontrado razones que justifiquen una interpretación restrictiva.

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El difícil equilibrio entre la revisión del fondo en el arbitraje y la correcta aplicación del Derecho de la Unión Europea

Gonzalo Fernández-Bravo

Abogado de Litigación, Arbitraje y Derecho Público de Pérez-Llorca

Guillermo Cabrera

Abogado de Litigación, Arbitraje y Derecho Público de Pérez-Llorca

En los últimos tiempos, algunos Tribunales Superiores de Justicia han dictado diferentes resoluciones anulando determinados laudos arbitrales alegando fundamentalmente la contravención del orden público y, en algún caso, esa contravención se habría justificado por una supuesta vulneración del Derecho de la Unión Europea en la motivación de dichos laudos.

Esta circunstancia ha desatado un interesante debate sobre la posible vulneración de estos pronunciamientos judiciales de la doctrina del Tribunal Constitucional, que ha establecido los límites de la acción de anulación frente a los laudos arbitrales, y sobre el difícil equilibrio entre dichos límites y la correcta selección y aplicación de las normas del Derecho de la Unión Europea en los procedimientos arbitrales.

Así, en un momento en el que el Derecho de la Unión Europea, desde hace ya algunos años, tiene cada vez mayor relevancia y presencia en cualquier análisis jurídico o procedimiento judicial o arbitral que se nos plantee, en este artículo examinaremos la configuración legal de los principios de primacía y efectividad del Derecho de la Unión Europea en el arbitraje y de los límites de la acción de anulación en sede arbitral, así como el difícil equilibrio que en ocasiones existe entre el respeto al principio de primacía y efectividad del Derecho de la Unión Europea y los límites de la acción de anulación frente a los laudos arbitrales.

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La anti-arbitration injuction (aai) y su aplicación en el Derecho europeo

Enrique Sanjuán y Muñoz

Magistrado especialista mercantil CGPJ.

Dos recientes resoluciones de los Tribunales Ingleses de Comercio han puesto de manifiesto nuevamente la eficacia y los peligros de la posibilidad de dictar ordenes limitativas del ejercicio de acciones por ante un tercer país de aquellos que se encuentran sujetos a una cláusula arbitral pactada en sus contratos para resolver los conflictos que derivan de los mismos. Tenemos resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y de los Tribunales Españoles que resuelven estas cuestiones con prudencia y recelo a los efectos de evitar que se invadan las competencias de las jurisdicciones nacionales. En este trabajo analizamos esas resoluciones y la posibilidad de su eficacia en otros países desde los Asuntos Allianz (2009) y Gazprom (2015) del TJUE.

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Regulación

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La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda impide el desahucio arbitral

Antonio Mª. Lorca Navarrete

Presidente de la Corte Vasca de Arbitraje(*)

Sostiene el autor de este comentario que las limitaciones a la libertad del arrendador que establece la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda le impiden pactar en libertad con el arrendatario una cláusula arbitral en un contrato de arrendamiento de la vivienda y obligan a concluir que la reclamación mediante arbitraje del impago de las rentas no es de la plena disposición de las partes que suscriben el contrato de arrendamiento y que, por tanto, no pueda ser considerada materia arbitrable con arreglo al art. 2.1º LA.

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Nuevo impulso a la mediación en el Reglamento Bruselas II ter y las dificultades de su implementación en la práctica

Mª Carmen Chéliz Inglés

Profesora Contratada Doctor de Derecho Internacional Privado

La promoción de la mediación y otros mecanismos alternativos de resolución de conflictos (MARC) en todos los asuntos que afecten a menores es una de las cuestiones más destacables del Reglamento Bruselas II ter. Por un lado, introduce como regla general la obligación del órgano jurisdiccional de invitar a las partes a que consideren el recurso a la mediación o a otro MARC. Por otro lado, presta una especial atención al reconocimiento y la ejecución de los acuerdos alcanzados entre las partes con fuerza ejecutiva en el Estado miembro de origen. Ambas medidas son muestra de la firme apuesta del legislador de la UE por las vías alternativas de resolución de los conflictos en esta materia. No obstante, todavía persisten retos pendientes, no resueltos por el Reglamento Bruselas II ter, que ponen en duda si esta nueva regulación supondrá el impulso definitivo a la mediación, o se quedará en un brindis al sol, lleno de buenas intenciones.

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La Convención de Singapur y su importancia para la eficacia y ejecución de acuerdos internacionales de mediación en controversias de inversión

Javier Ferrero

Asociado Principal de Estudio Echecopar Asociado a Baker & McKenzie International

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación («Convención de Singapur»), ya tiene más de dos años desde que entró en vigencia el 12 de septiembre de 2020, con la ratificación de los Estados de Fiji, Qatar y Singapur. La importancia de esta Convención para acuerdos internacionales de mediación adquiere cada vez mayor impulso, lo cual se puede ver del aumento de Estados Signatarios (56 actualmente) y Estados Parte (11 actualmente). Dado el amplio ámbito de aplicación de esta Convención para todos los acuerdos internacionales de mediación provenientes de «controversias comerciales», esta Convención también es aplicable a controversias inversionista – Estado, tal como se desprende de los trabajos preparatorios de la misma y de la reserva existente bajo el Artículo 8.1.(a). Por tanto, la Convención de Singapur tiene una gran importancia para la eficacia y ejecución de acuerdos internacionales de mediación en controversias inversionista – Estado.

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Práctica en mediación y arbitraje

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La igualdad en la constitución del tribunal arbitral vs. el respeto al acuerdo arbitral

Roque J. Caivano

Gerente Jurídico de la Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales de Buenos Aires

La libertad de las partes para determinar el modo de constituirse el tribunal arbitral es un principio reconocido por todas las legislaciones y reglamentos de arbitraje, y se basa en la lógica del arbitraje mismo: la autonomía de la voluntad de las partes. Sin embargo, existe un principio que opera como un límite a esa libertad: la igualdad de oportunidad de las partes en la integración del tribunal arbitral. Un caso recientemente resuelto por la Corte de Casación francesa muestra que, cuando ambos principios entran en colisión, debe hacerse prevalecer el segundo. Es decir que ni aun por acuerdo de partes se puede afectar la igualdad de las partes en la integración del tribunal arbitral.

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La sumisión a arbitraje de los desahucios arrendaticios

Alejandro Fuentes-Lojo Rius

Socio de Fuentes Lojo Abogados

Análisis sobre el encaje de la pretensión resolutoria del contrato de arrendamiento por falta de pago en el procedimiento arbitral y casuística sobre la materia.

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Jurisprudencia

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Las anti-suit injunctions en el escenario post-Brexit: estado de la cuestión

Roger Canals Vaquer

Arco Abogados y Asesores Tributarios, S.L.P

Para decidir cómo actuar (la decisión a tomar consistirá, fundamentalmente, en decidir si debe seguirse adelante o no con el procedimiento judicial o arbitral que la anti-suit injunction quiere impedir), deberán considerarse varios parámetros; el principal, la verificación de si la parte demandada tiene o no activos fuera de la jurisdicción en la que se ha dictado la anti-suit injunctions cuya ejecución pueda hacer factible el cobro de una posible resolución condenatoria. También resultará aconsejable obtener la protección de la jurisdicción receptora de la anti-suit injunctions a través de una orden judicial neutralizadora de aquélla (anti-anti suit), para poder sostener ante la jurisdicción emisora de la ASI que se actuó en el extranjero con el amparo de la autoridad judicial del foro.

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El control judicial de la existencia y alcance del convenio arbitral en el procedimiento de designación de árbitros

Mª Victoria Sánchez Pos

Profesora contratada doctora de Derecho procesal

Este trabajo tiene por objeto el análisis de las cuestiones que se tratan en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra no 4/2023, de 6 de marzo de 2023, en relación con la actuación del órgano jurisdiccional en el procedimiento de designación de árbitros regulado en el art. 15 LA. En concreto, comentaremos la limitación de la cognición del Juez a la procedencia del arbitraje como fórmula de resolución de la controversia entre las partes y a la comprobación de la necesidad de su intervención siempre supletoria del acuerdo entre las partes.

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Efectos del concurso sobre el convenio arbitral

Ángel María Ballesteros Barros

Profesor Contratado Doctor de Derecho Internacional Privado

El Auto de la Audiencia Provincial de Asturias de 18 enero 2023 confirma el Auto del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Gijón de 26 octubre 2020 que autorizó la suspensión de los efectos del convenio arbitral por suponer un perjuicio para la tramitación del concurso. El autor incluye en su nota comentarios sobre la interacción entre arbitraje y concurso; los efectos del concurso sobre el convenio arbitral suscrito con anterioridad a la declaración de insolvencia; y el cauce procesal para la suspensión de los efectos del convenio arbitral.

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Diario LA LEY nº 10369, de 17 de octubre de 2023

Podcast LA LEY

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Canal Pódcast LegalQué
Arranca la segunda temporada de LegalQué: entrevista a Emilio Gude, de Ceca Magán e Inkietos

El director adjunto del despacho habla del papel de la tecnología en la firma y en su proceso de expansión a una firma multidisciplinar y nacional.

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Opinión

Doctrina

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El TEDH vuelve a confirmar la admisibilidad y eficacia de los convenios de gestación por sustitución legalmente realizados

Antonio J. Vela Sánchez

Profesor Titular de Derecho Civil

Conforme al artículo 8 CEDH, el TEDH confirma su doctrina de considerar válidos y eficaces jurídicamente los convenios de gestación por sustitución hechos en país extranjero que los admita y regule, y de exigir a los Estados miembros —aunque prohíban dichos convenios gestacionales en su ordenamiento jurídico—, efectividad y celeridad en la determinación de la filiación respecto del padre biológico, porque así lo exige el interés superior del menor y el respeto a su vida privada. Respecto de la madre o padre de intención, la negativa a inscribir la filiación derivada de un certificado de nacimiento debe completarse con alguna forma de reconocimiento, como por ejemplo, la institución jurídica de la adopción.

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Tribuna

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Fiscalía Europea: competencia objetiva, territorial y conflictos de jurisdicción

Juan Pedro Cortés

Socio del área de Procesal Penal en Baker McKenzie

Análisis de la Fiscalía europea  desde su inicio,  tras el tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Estudio de la  competencia objetiva y territorial , procedimiento, tramitación y resolución de conflictos de competencia

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Tribuna

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Consumo de estupefacientes como causa de despido disciplinario: comentario a la STS, Sala Cuarta, n.º 149/2023, de 21 de febrero

Laura Cristina Morell Aldana

Magistrada JAT del TSJ de la Comunidad Valenciana

En la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, no 149/2023, de 21 de febrero, se realiza una interesante reflexión sobre la naturaleza jurídica del peligro que contienen los ilícitos administrativos contra la seguridad vial, concretamente, la conducción con presencia de drogas. Conducta que tiene su impacto en la decisión empresarial, consistente en el despido del trabajador, casando y anulando la sentencia recurrida y fijando como doctrina que 'la conducta tipificada por las normas sectoriales del transporte de viajeros por carretera como «conducción bajo los efectos de drogas, sustancias alucinógenas o estupefacientes» concurre si se acredita, analíticamente, la persistencia de tales sustancias, sin ser necesario que haya habido maniobras extrañas o siniestro circulatorio».

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Tribuna

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Frases para un/a organizador/a (IV)

José Francisco Escudero Moratalla

Secretario Coordinador Provincial de Girona

Mercè Ferrer Adroher

Gestora Procesal de la Administración de Justicia.

El presente trabajo es continuación de «Frases para un/a organizador/a» publicado en el Diario La Ley no 9666, Sección Tribuna, de 3 de julio de 2020, de «Frases para un/a organizador/a (II)» publicado en el Diario La Ley no 9866, Sección Tribuna, de 3 de junio de 2021, y «Frases para un/a organizador/a (III)» publicado en el Diario La Ley no 10195, Sección Tribuna, de 23 de diciembre de 2022.

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La sentencia del día

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Los jefes pueden contratar un detective privado sin que haya sospechas fundadas de incumplimientos laborales

Para valorar la licitud o ilicitud de esta prueba testifical no se requiere la concurrencia de indicios relevantes ni de un número determinado de sospechas. No tendría sentido exigir este nivel antes de la investigación porque entonces la actuación del detective podría ser superflua.

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Sentencias y resoluciones

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Eficacia de cosa juzgada en España de la sentencia dictada por un tribunal inglés que estimó la declinatoria de competencia planteada por la demandada

Los efectos de cosa juzgada material se extienden no solo a la decisión incluida en el fallo (declinación de la competencia jurisdiccional), sino también a los fundamentos jurídicos que sustentaron esa decisión. En concreto, la apreciación de que la demandada no prestó un consentimiento contractual.

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El TS avala la negativa del Gobierno a autorizar una consulta popular en La Línea de la Concepción sobre su conversión en Comunidad Autónoma

La consulta solicitada no tiene cobertura en el art. 71 LBRL Afecta directamente al ordenamiento estatal y autonómico, y es ajena a la competencia municipal.

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El acoso a su abogado con insistentes llamadas y mensajes de WhatsApp es delito leve de coacciones

La violencia exigida en el delito de coacciones no es solo la violencia física, sino también la vis compulsiva dirigida a compeler al destinatario a atenderle imperativamente a requerimiento del denunciado, sin tener en cuenta que la reiteración en el mismo día de las llamadas excede de lo que pudiera considerarse ordinario en la relación profesional abogado-cliente. Le compelía a efectuar una atención no querida.

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Los mensajes de apoyo del encargado a un empleado no implican tolerancia ante sus faltas de asistencia

El trabajador faltó 19 días en un periodo de 5 meses. Su superior conocía que se estaba separando y le mandaba por WhatsApp deseos de pronta mejoría en respuesta a sus mensajes de no asistencia por indisposición, pero ello no indica que estaba exento de justificar sus ausencias.

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