miércoles, 19 de octubre de 2022

Sesión plenaria del Legal Management Forum 2022; concepto de "objeto del proceso"

Si no visualizas correctamente este e-mail, consulta la versión online

Newsletter de diariolaley.es

LA LEY Wolters Kluwer

20 de octubre de 2022

Diario La Ley

LEGAL MANAGEMENT FORUM 2022

Sesión plenaria del Legal Management Forum 2022: Surfing the wave

En la mañana de hoy tuvo lugar la edición plenaria de la IX edición del Legal Management Forum. De nuevo el encuentro entre profesionales para analizar las tendencias y transformaciones que ya están en marcha en el sector legal. Mas de 600 personas en el Auditorio de Mutua Madrileña y alrededor de 1000 presenciaron el evento en streaming. La recaudación obtenida por este congreso ira destinada a financiar programas sociales de Justicia, Educación y Medioambiente de la Fundación Wolters Kluwer.

(enlace)

DOCTRINA

De cómo el concepto de objeto del proceso, adecuadamente entendido, incide en el diseño de un Estado de Derecho

José María Asencio Mellado

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante

Los conceptos esenciales de una materia constituyen la base en la que se asienta el sistema jurídico. Su carácter y contenido, su fundamento y finalidad, fruto de la experiencia y el estudio y muchas veces seculares, dotan a cualquier sistema de la armonía y coherencia que evita la discrecionalidad y garantiza la seguridad jurídica. El concepto de objeto del proceso penal, profusamente estudiado y vinculado a la autonomía del derecho procesal respecto del material, identifica éste, su causa petendi, con un hecho jurídicamente relevante, nunca con un delito. Cualquier interpretación en otro sentido, aunque se pretenda una finalidad de apariencia avanzada, puede ocasionar efectos no previsibles y conllevar incerteza en un aspecto del proceso muy sensible que conviene tener en cuenta en todas sus manifestaciones. El voto particular que se comenta debe ser analizado desde estas premisas y advertir sobre el riesgo de proponer alteraciones en la dogmática cuyas consecuencias no conviene afrontar sin a la vez reformar la ley en su integridad. Y esa labor, en todo caso, es competencia del Poder legislativo, no del judicial.

(enlace)

TRIBUNA

La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre: el «nuevo» consentimiento sexual, desde la perspectiva de la eficacia probatoria en el proceso penal

Manuel González Chinchilla

Letrado colegiado número 7599 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada

La entrada en vigor de la nueva LO de la libertad sexual, y todo su proceso de tramitación parlamentaria, han supuesto un nuevo reto para la siempre cuestionada eficacia probatoria de los delitos sexuales. A lo largo de estas líneas, se cuestionará si la nueva LO debe implicar algún cambio sustancial en cuanto a la extensión y alcance probatorio de la declaración de la víctima como prueba de cargo en los futuros procesos penales, o, afectar a las reglas básicas sobre la carga de la prueba, especialmente, en aquellos casos de mayor dificultad probatoria. Al mismo tiempo, se valorará si tal regulación habrá de suponer alguna modificación en el concepto del consentimiento válido en el seno de las relaciones sexuales.

(enlace)

Las circunstancias eximentes de la mora del asegurador

Marta Flores Segura

Of Counsel, Departamento de Litigación y Arbitraje, Baker McKenzie

Isabel Pasquau Fuentes

Abogada, Departamento de Litigación y Arbitraje, Baker McKenzie

La Ley del Contrato de Seguro sanciona la mora del asegurador en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales imponiéndole la obligación de satisfacer al asegurado una indemnización adicional consistente en el pago de un interés, que asciende al veinte por ciento a partir del segundo año desde la producción del siniestro. Existen, sin embargo, dos circunstancias que eximen al asegurador de abonar la indemnización por mora. En primer lugar, que la falta de pago esté fundada en una causa justificada, y, en segundo lugar, que la falta de pago no le resulte imputable. A partir de un análisis jurisprudencial, el presente trabajo se centra en el análisis de esas circunstancias eximentes, de enorme interés y fundamental incidencia para las compañías aseguradoras, y cuya parca regulación ha generado numerosas dudas interpretativas.

(enlace)

COMENTARIOS DE JURISPRUDENCIA

El beneficio de las dudas

Jesús Fernández Entralgo

Magistrado jubilado

La Sentencia comentada resuelve un caso de lesiones dolosas que, por omisión de tratamiento adecuado y tempestivo, por desatención del agresor, derivan en muerte de la mujer agredida.

(enlace)

LA SENTENCIA DEL DÍA

Cuando el concursado tiene suspendidas sus facultades patrimoniales, no puede presentar demandas con acciones de índole no personal, ni siquiera con la autorización de la administración concursal

En esos casos, la legitimación para interponer esas demandas se restringe a la administración concursal. De tal forma que al deudor sólo se le permite personarse y actuar de forma separada, cuando previamente el procedimiento ha sido iniciado por la administración concursal.

(enlace)

JURISPRUDENCIA

La retirada de los elementos de calefacción instalados en el local no exime del pago de los gastos de calefacción

Los estatutos prevén que la contribución a los gastos de calefacción se haga por cada propietario en atención al número de elementos de cada uno, pero ello no permite que los propietarios por su sola decisión se exoneren de la contribución a estos gastos por decidir no consumir.

(Acceso suscriptores)

Reclamación del coste de una intervención quirúrgica por el hospital al que fue derivado el paciente desde otro hospital

El paciente conocía qué intervención se iba a efectuar y dio su consentimiento. Así pues, el contrato de prestación de tal servicio quedó válidamente constituido, aunque no asumiese el coste de la intervención en ningún documento. Cuestión distinta es que desconociese que su seguro de asistencia sanitaria no cubría el importe de las prótesis. Si ha existido algún defecto de información sería imputable al hospital de origen o a la aseguradora.

(Acceso suscriptores)

El subsidio de incapacidad temporal se debe cobrar hasta que se recibe la notificación del alta médica

No es posible extinguir la prestación en el momento en que el INSS dicta la resolución administrativa de alta médica, sin notificar al interesado, porque en la práctica supondría dejar sin ninguna remuneración este espacio de tiempo en el que el empleado está recuperado, pero no puede trabajar porque no se le ha notificado la resolución.

(Acceso suscriptores)

Despedida por acudir a trabajar conociendo que su hermano, con el que convivía, era positivo en covid

Para la Sala resulta inverosímil que desconociese la situación médica de su hermano, poniendo así en peligro a sus compañeros y a la sociedad en general.

(Acceso suscriptores)

WEBINAR

Webinar GRATUITO «Panorama normativo europeo en materia de ciberseguridad»

Un nuevo webinar del Ciclo «La revolución regulatoria digital europea 2022-2023» que tendrá lugar el próximo día 27 de octubre.

(enlace)

ACTUALIDAD LEGISLATIVA

Foto cubierta
Compensación salarial para el personal al servicio del sector público y rebaja de peonadas para acceder al subsidio y a la renta agraria (RDL 18/2022, 18 oct.)

El Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, aprueba una compensación salarial adicional del 1,5% para el personal al servicio del sector público por la inflación y rebaja a 10 el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio de desempleo y a la renta agraria hasta junio de 2023 como ayuda contra la sequía

(enlace)

Foto cubierta
Nuevo impulso de los planes de pensiones de empleo con la modificación del Reglamento de los planes de pensiones de empleo (RD 885/2022, 18 oct.)

Regulación clave para facilitar el acceso de los trabajadores de pymes, empleados públicos y trabajadores autónomos a los planes de pensiones colectivos, y que se puedan desplegar plenamente sus efectos en los próximos meses.

(enlace)

CRITERIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Imputación temporal en IRPF de los atrasos de convenio que recibe el trabajador por variación anual del IPC

Una de las excepciones a la regla general de la imputación temporal de rentas en el período impositivo en que sean exigibles por su perceptor, corresponde a la de los atrasos percibidos por revisión de IPC ya que exigiendo el cierre del año, se perciben en el período impositivo siguiente a aquel en que eran exigibles.

(enlace)

BIBLIOTECA RECOMENDADA, obras seleccionadas que no pueden faltar en tu estantería

La nueva pensión de jubilación, pública y privada, tras las últimas reformas (Cristóbal Molina Navarrete)

Estudio que pretende ser la primera monografía en el mercado que incluya las ambiciosas y significativas reformas laborales que se esperan en el sistema de pensiones, sumando significativas sentencias que inciden en la materia.

(enlace)

NOTICIAS

Ana García León y Dolores Delgado prometen como fiscales de Sala ante la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo

El acto ha sido presidido por el presidente del Tribunal Supremo (e.f.), Francisco Marín

(enlace)

Inspección de Trabajo comparte con entidades europeas su primer Plan de Gestión para "un trabajo seguro e igualitario"

La Inspección de Trabajo ha compartido en Bilbao con representantes de entidades y organismos europeos el Plan de Gestión 2022-2024 un instrumento con el que se busca garantizar "un trabajo seguro, igualitario y con derechos para todas las personas trabajadoras".

(enlace)

Dos de cada tres empresas detectan un aumento del síndrome del 'trabajador quemado' en el último año

Así lo revela el II Observatorio Adecco sobre bienestar emocional y factores psicosociales.

(enlace)

Un juzgado de Pontevedra avala la inmovilización de un patinete eléctrico sin permiso de circulación porque puede superar los 25 km/h

En la sentencia, la magistrada estima que el vehículo que usaba en el momento de la denuncia "alcanzaba y era hábil para superar los 25 km/h", que es "lo que cuenta a los efectos de la tipicidad de la conducta".

(enlace)

[Alt-Text]

De acuerdo con la LSSI 34/2002 del 11 de Julio de 2002 (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico), si no deseas seguir recibiendo este boletín puedes solicitar la baja en este enlace.

Si desea realizar algún comentario acerca del mismo, envíenos un e-mail a clienteslaley@wolterskluwer.es

© WOLTERS KLUWER

No hay comentarios:

Publicar un comentario